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martes, abril 16, 2024

EL DIVÁN : ¿Podremos elegir un buen gobernador o un buen alcalde?

Aun cuando seguimos a la espera de quienes serán finalmente los candidatos oficiales para participar en el proceso electoral que se avecina este próximo 7 de octubre, creo que no deberíamos desperdiciar nuestro interés en aquellos que hasta el momento no terminan con convencernos de que poseen la capacidad suficiente para resolver los problemas que atañen no solo en ámbito regional sino municipal sea este provincial y distrital, pensamos que esta será la ocasión perfecta para decirle basta ya a aquellos que quieren impresionarnos de que conocen o creen conocer de todo y encima darnos las recetas mágicas para todos los males que aquejan a nuestras jurisdicciones en general.

Los plazos terminaron para las ELECCIONES INTERNAS desarrolladas en cumplimiento de la ley electoral con la finalidad de designar los candidatos casi oficiales (falta la confirmación desde el JNE – JURADO NACIONAL DE ELECCIONES) no solo para las contiendas regionales sino también municipales las que como sabemos se realizan entre los 210 y 135 días calendario antes del día del sufragio (Ley 30673). Para las elecciones del domingo 07 de octubre de 2018, ese plazo empezó a correr el 11 de marzo y culminó el pasado 25 de mayo de 2018, por lo tanto, toda elección fuera de ese plazo ya no tendrá valor legal, debemos suponer entonces que estos procesos se prepararon y cumplieron con la debida anticipación.

No debemos olvidar que como ciudadanos responsables debemos estar conscientes de las capacidades y potencialidades de quienes elegiremos como nuestras próximas autoridades, entendiendo que de lograr resultados por GESTIÓN será un indicador clave para saber que elegimos a un buen gestor sea en el ámbito municipal o regional, caso contrario una vez más tendremos que lamentar el no haber elegido a un buen representante (seamos realistas nada de promesas imposibles de ejecutar por lo tanto de cumplir).

A propósito de los candidatos, debemos tener muy en cuenta su HOJA DE VIDA, y así evitar llevarnos alguna sorpresa desagradable con quienes pretenden ser el favorecidos con el voto popular, para eso hay que leer con detalle el art. 23 de la Ley 28094, que a la letra dice: 23.3 La Declaración Jurada de Hoja de Vida del candidato se efectúa en el formato que para tal efecto determina el Jurado Nacional de Elecciones, el que debe contener (…) 5. Relación de sentencias condenatorias firmes impuestas al candidato por delitos dolosos, la que incluye las sentencias con reserva de fallo condenatorio. 6. Relación de sentencias que declaren fundadas las demandas interpuestas contra los candidatos por incumplimiento de obligaciones familiares o alimentarias, contractuales, laborales o por incurrir en violencia familiar, que hubieran quedado firmes. 7. Mención de las renuncias efectuadas a otros partidos, movimientos de alcance regional o departamental u organizaciones políticas de alcance provincial y distrital, de ser el caso. 8. Declaración de bienes y rentas, de acuerdo con las disposiciones previstas para los funcionarios públicos.

Están sujetos con carácter de obligatoriedad todos aquellos que hayan participado en los procesos de ELECCIONES INTERNAS PARTIDARIAS para los cargos de gobernadores, vicegobernadores, consejeros, alcaldes y regidores, debieron de entregar a la organización política una DECLARACIÓN JURADA DE SU HOJA DE VIDA, al momento de inscribir su candidatura a la elección interna o en el momento de aceptar por escrito la invitación a postular (es de suponer que así se ha procedido hasta el momento en todas las elecciones internas reiteramos llevadas a cabo).

Este requisito es OBLIGATORIO y su no presentación puede ser causal de impugnación del candidato, es más la HOJA DE VIDA debe ser publicada en la página web de las diferentes organizaciones políticas, hay que tener en cuenta que poner información falsa u omitir algún dato relevante puede dar lugar al retiro del candidato por el JNE – JURADO NACIONAL DE ELECCIONES en cualquier etapa del proceso, creemos que más específica no puede ser la norma.

Acerca de los PLANES DE GOBIERNO, que también al parecer ha generado controversia en algunos militantes como también ciudadanos hablamos de manera genérica , si bien es cierto la obligación de presentar el Plan de Gobierno la norma lo plantea al momento de la inscripción de las listas de candidatos (artículo 23-A de la LOP- LEY DE ORGANIZACIONES POLITICAS), nada impide que el Estatuto o el Reglamento Electoral disponga la presentación del mismo al momento de la inscripción de los candidatos a las elecciones internas y así de esa manera se puedan contrastar las propuestas de cada candidato o lista, con mayor razón si se presentan varias listas para una jurisdicción, así se podría saber qué planteamientos de gobierno tiene cada una y no basar la decisión sólo en la cara bonita o cuan cargada anda la billetera del candidato, salvo mejor parecer.

Debemos tener en cuenta asimismo que las listas presentadas y ganadoras de las contiendas internas pasadas en su composición de integrantes deben respetar la cuota de género (30%) de mujeres u hombres, de jóvenes (20%) y de comunidades. Tiene que tomarse en cuenta también que ha aumentado el número total de consejeros regionales y de regidores municipales, y para saber el número exacto de autoridades que corresponde a cada entidad hay que ver la Resolución 088-2018-JNE y la Resolución 089-2018-JNE, respectivamente. En el caso de la elección regional, cabe mencionar que las listas de candidatos accesitarios a consejeros deben cumplir las cuotas electorales en las mismas proporciones que la lista de candidatos titulares.

Para terminar, pasadas ya las elecciones internas, las organizaciones políticas tienen hasta el 19 DE JUNIO para presentar sus listas de candidatos ante los (JEE – JURADOS ELECTORALES ESPECIALES), los mismos que han comenzado a funcionar en San Martin tras la designación de sus titulares situación que también se ha dado en todo el país, se estima que para este proceso electoral del próximo 7 de Octubre a nivel nacional se estarían presentando alrededor de 120 MIL CANDIDATOS quienes pugnaran por ocupar los 12,903 CARGOS PÚBLICOS QUE DEBEN ELEGIRSE, por voto secreto y universal, los que resultaran ganadores de las cerca de 15 MIL LISTAS PARTIDARIAS, un verdadero reto y arduo trabajo que tendrán que desarrollar quienes tengan a su cargo desarrollar este proceso electoral, finalmente extenderles la cordial invitación para que nos acompañen a partir del lunes 4 de junio en nuestro retorno a la televisión a través del programa político VOX POPULI en VIA TELEVISIÓN Canal 25 en señal libre y también en todas sus plataformas virtuales estaremos de lunes a viernes de 6 a 7 de la noche, nos vemos. (Puma)

 

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