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jueves, marzo 28, 2024

OSCE da la razón a empresaria observada por Electro Oriente

Tuvieron que retractarse. Los funcionarios de Electro Oriente que determinaron que el proceso para la impresión de sus recibos y formatos de notificaciones estaba mal realizado, finalmente tuvieron que admitir dar la buena pro a la ganadora del concurso, gracias a la asesoría legal desarrollada por el Dr. Gonzalo Gonzales Gonzales.
El 21 de noviembre de 2012, Electro Oriente convocó a un proceso de adjudicación directa selectiva, para la “Contratación del servicio de impresión de recibos y formatos de notificaciones para la Unidad Empresarial San Martín”, con un valor referencial ascendente a S/. 159 300.00 (ciento cincuenta y nueve mil trescientos con 00/100 nuevos soles).
El 5 de febrero de 2013, se llevó a cabo el acto de Otorgamiento de la Buena Pro a favor de la señora Margarita Esther Ríos Trigoso.
Mediante Resolución de Gerencia General Nº G-034-2013 de fecha 20 de febrero de 2013, publicado en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE, el 22 de febrero de 2013, Electro Oriente declaró de oficio la nulidad del proceso de selección y, dispuso retrotraer el proceso de selección hasta la etapa de presentación de propuestas. Esta disposición se basaba en que supuestamente se había vulnerado el principio de publicidad pues sólo se publicó la convocatoria en el SEACE y no se preocuparon por una publicidad adecuada y suficiente que garantice una mayor concurrencia de postores del proceso de selección.
Su carta de presentación de propuestas tiene como fecha 31 de enero de 2013, esto es, un día antes de la fecha que se informó que el proceso de selección había sido retrotraído a la etapa de presentación de propuestas, violándose el Principio de Transparencia, ya que se habría puesto a disposición de un sólo postor la información del proceso, dándosele la facilidad de participar en el proceso de selección.
Entre su primera propuesta económica, presentada en la anterior convocatoria, y la presentada en este proceso de selección existe diferencia, al ser la última propuesta de mayor monto, atentando contra el Principio de Economía.
Mediante escrito presentado el 27 de febrero de 2013 en la Oficina Zonal del OSCE ubicada en la ciudad de Tarapoto, e ingresado el 1 de marzo de 2013 en la Mesa de Partes del Tribunal, Margarita Esther Ríos Trigoso, interpuso recurso de apelación contra la nulidad del proceso de selección, solicitando que sea revocada y se ordene a la entidad la celebración del contrato respectivo.
Asesorados por el estudio Gonzales Abogados, se fue desarticulado cada uno de los argumentos que supuestamente pesaban para la anulación de la entrega de la Buena Pro, determinándose finalmente darle la razón a Margarita Ríos Trigoso, por lo que se firmará el contrato con su empresa para la impresión de los referidos documentos.

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