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jueves, abril 25, 2024

Juez ordena iniciar investigación a Víctor Noriega por desobediencia a la autoridad

JUEZ ORDENA PAGO DE BONIFICACIÓN… Y GORESAM NO LE HACE CASO

gilberto estrella
GILBERTO ESTRELLA. Denunciante

El juez Jorge Isaac Lujan Salas, de la Corte Superior de Justicia de San Martín, Juzgado de Trabajo Transitorio de Tarapoto ha ordenado al Ministerio Público, mediante la Resolución N° 33-11-2015, iniciar investigación preliminar por el delito de deso-bediencia a la autoridad, contra servidores y funcionarios públicos que resulten responsables ante el incumplimiento de pago por concepto de bonificación especial por preparación de clases, al docente Gilberto Estrella Rengifo. La resolución indica que se debe entender como responsable del incumplimiento al señor Víctor Manuel Noriega Reátegui, en su calidad de gobernador regional de San Martín.

El agraviado dialogó con el Diario Voces, indicando que inició un proceso contencioso administrativo ante el Segundo Juzgado Mixto de Tarapoto, intentando cobrar sus beneficios laborales, la misma que fue acogida, por lo que el Juzgado Mixto el 16 de Julio del 2015 emitió la Resolución N° 28 -07-2015, requiriendo a la entidad demandada hacer efectivo el pago de S/ 61,049.46 dándole plazo de cinco días para que cumpla con el mandato, sin embargo según la resolución transcurrieron más de un año y medio , y la parte demandada no cumplió con el mandato judicial. “Yo trabajo como docente en una I.E del distrito de Morales, así como yo, hay miles de docentes impagos en la región. La deuda es cuando los gobiernos regionales delegaron a las municipalidades la responsabilidad de administrar los fondos para los maestros, este trato no es justo”, afirma.

En la Resolución N° 33-29-11-2015, el juez Jorge Isaac Lujan refiere que la Ley N°27584, ley que regula el proceso Contencioso Administrativo, establece: El responsable del cumplimiento del mandato judicial, será la autoridad de más alta jerarquía de la entidad, el que podrá comunicar por escrito al juez, qué funcionario es responsable de la demora en el cumplimiento de la sentencia. Según la resolución la demandada debe hacer efectivo el cumplimiento de la sentencia, dándole un plazo de 15 días, bajo apercibimiento de imponerle una multa progresiva.

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