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sábado, abril 20, 2024

El buen uso de la revocatoria en el Perú

¿Qué es la revocatoria? Francisco Miró Quesada Rada, afirma en su libro Democracia Directa, que la revocación es la facultad que tiene un determinado número de ciudadanos, miembros del cuerpo electoral, para remover a la autoridad antes de que concluya el período para el que fue elegida.

En la Constitución de 1993, la figura de la revocatoria aparece expresamente recogida en dos artículos constitucionales. El primero de ellos es el artículo 2, inciso 17, cuyo tenor es el siguiente: “Toda persona tiene derecho a participar, en forma individual o asociada, en la vida política, económica, social y cultural de la Nación pero este artículo no puede ser leído sin tomar en cuenta el texto del artículo 31 que establece lo siguiente: “Los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos públicos mediante referéndum; iniciativa legislativa; remoción o revocación de autoridades y demanda de rendición de cuentas”.

Este mecanismo de participación política directa por ejemplo en el 2013 costó alrededor de 69 millones de soles, según estimó la Oficina Nacional de Procesos Electorales, los cuales sirvieron para adquirir bienes, servicios y activos no financieros mientras que en provincia costó alrededor de S/. 33 millones, como vemos el proceso de revocatoria costó S/.102 millones. En este 2017 se inició un proceso similar y aún no tenemos la cifra exacta del costo de este derecho ciudadano.

Ahora bien, durante el mes de junio del 2017, se llevó a cabo el proceso de revocatoria en 27 distritos de diversos puntos del país. Donde se sometieron al proceso 89 autoridades municipales (26 alcaldes y 63 regidores) que pertenecen a los distritos de La Jalca y San Cristóbal (departamento de Amazonas); Coris, Huacllán, Succha, Masin, Pamparomas, Santa Cruz, Llama, Macate (Áncash); Tumay Huaraca, Soraya y Turpay (Apurímac) asimismo a los distritos de Ocoña, Ayo, Tisco (Arequipa); Chiara, Colta (Ayacucho); Utco (Cajamarca); San Pedro (Cusco); Rondos (Huánuco); Condormarca, Sitabamba (La Libertad); Zúñiga, Madean (Lima); Phara (Puno) y Camilaca (Tacna). Los motivos por los que se les revocó fue: El incumplimiento de las promesas ofrecidas durante la campaña electoral, la incapacidad en la administración municipal, malversación de fondos, nepotismo, incumplimiento de las funciones de fiscalización y negligencia en sus labores, abuso de autoridad, incumplimiento del presupuesto participativo, abandono de proyectos y obras, incumplimiento de la rendición de cuentas, corrupción en agravio del Estado, no residir en la jurisdicción, falta de respuesta a la demanda de servicios para la comunidad y la falta de transparencia en la gestión municipal.

La herramienta de la revocatoria es ideal pero en la práctica sabemos que es usada como un instrumento de control peligroso en un país donde la ciudadanía poco lee o entiende sobre gestión pública, donde las instituciones públicas llevan a cabo las políticas públicas de manera precaria y las autoridades poco o nada saben comunicar, esta situación genera inestabilidad política y administrativa, y es caldo de cultivo para que algunas organizaciones políticas usen ese mecanismo de la revocatoria para usarla como arma de venganza política. Sin embargo, si la ley ampara su existencia, no queda más que respetar su aplicación insisto que las futuras autoridades se preparen para gobernar y gestionar asimismo aprendan a comunicar sus ideas, proyectos y obras públicas a favor de la población.

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