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viernes, abril 19, 2024

Prisión por publicar imágenes, videos y audios de contenido sexual o erótico

La Comisión de Justicia y Derechos Humanos, que preside el congresista Alberto de Belaunde (PPK), dictaminará el proyecto de ley que propone incorporar el artículo 154-b al Código Penal, a fin de que se regule el delito de difusión de material íntimo de manera no consentida.

Esta determinación la adoptó después de escuchar la sustentación de su autor, el congresista José Palma Mendoza (FP), quien explicó que la propuesta tiene por objeto sancionar la difusión de imágenes, vídeos o audios con contenido sexual o erótico, sin consentimiento de la o las personas involucradas, afectando el derecho a la integridad y privacidad.

El artículo propuesto precisa que quien, sin consentimiento y de forma deliberada, difunde, amenaza o pone a disposición imágenes, material audiovisual o audios, con contenido sexual de un individuo con el que este hubiera mantenido o mantiene una relación íntima o de confianza, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años.

Anotó que esta figura será aplicable aún si los datos fueron obtenidos con el consentimiento de las personas involucradas; asimismo, el fin de la conducta puede o no ser lucrativa.

Palma indicó que la difusión de material íntimo de manera no consentida, que también es conocida como pornografía de venganza, es una figura delictiva de reciente data debido al auge de las nuevas tecnologías. Señaló que también ha sido calificada como un tipo de violencia sicológica doméstica e, incluso, como una forma de abuso sexual.

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