El Jurado Electoral Especial (JEE) de Pacasmayo resolvió que el presidente del Congreso, Fernando Rospigliosi, junto a otros dos funcionarios parlamentarios, incurrió en infracción al deber de neutralidad durante el proceso rumbo a las Elecciones Generales 2026, al utilizarse una videocámara estatal en un acto proselitista de Keiko Fujimori. La Resolución N.° 00133-2025-JEE-PCYO/JNE, emitida el 13 de noviembre de 2025, concluyó el expediente iniciado por el presunto uso indebido de bienes públicos a favor de la organización política Fuerza Popular, tras verificarse que una videocámara institucional del Congreso fue empleada el 30 de octubre de 2025 durante el evento en Huanchaco (Trujillo), donde Fujimori anunció su postulación como precandidata presidencial.
El JEE estableció responsabilidades por acción y omisión. En el caso de Fernando Rospigliosi, se le atribuyó una conducta omisiva, señalando que, como máxima autoridad administrativa del Parlamento, tenía el deber de cautelar el patrimonio estatal y garantizar que ningún recurso bajo su competencia fuera utilizado con fines políticos. La resolución también alcanza a dos funcionarios y servidores parlamentarios, identificados como responsables directos por permitir y facilitar el uso del equipo audiovisual en un acto partidario, vulnerando así las normas de neutralidad estatal en periodo electoral.
En el caso de Fernando Rospigliosi, se le halló responsable por conducta omisiva. La resolución indica que, como máxima autoridad administrativa, tenía el deber ineludible de cautelar el patrimonio estatal y garantizar que ningún recurso bajo el ámbito de su competencia fuera usado con fines proselitistas.
La resolución señala que su omisión en establecer controles efectivos constituyó el factor causal que permitió que un bien del Congreso fuera puesto al servicio de una organización política. Además, el JEE da cuenta de que Rospigliosi es afiliado de la organización política Fuerza Popular.



