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lunes, mayo 6, 2024

Defensoría del Pueblo: gobiernos locales deben fiscalizar retiro de propaganda electoral

De acuerdo con la Ley Orgánica de Elecciones, los partidos políticos tienen un plazo de 60 días para retirar o borrar dicha publicidad. De lo contrario, deberán pagar multa. 

La oficina de la Defensoría del Pueblo exhortó a los gobiernos locales a llevar a cabo acciones de fiscalización para que se proceda al retiro inmediato de toda la propaganda electoral que fue colocada en las vías públicas durante el proceso electoral y así cumplir con lo establecido en el artículo 193 de la Ley Orgánica de Elecciones. 

De acuerdo con lo indicado por la referida norma, concluidos los comicios electorales, todos los partidos políticos, listas independientes y alianzas, tienen un lapso de 60 días para retirar o borrar su propaganda electoral. Caso contrario, se hacen acreedores a una multa establecida por las autoridades correspondientes. 

Cabe señalar que las municipalidades son las entidades responsables de regular la instalación y desinstalación de propaganda electoral, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad en periodo electoral. 

En ese sentido, la Defensoría recomendó a los gobiernos locales que ejecuten su función fiscalizadora para hacer cumplir la norma vigente y, con ello, se garantice que calles y avenidas queden despejadas de afiches, carteles, banderolas y murales, los cuales generan contaminación visual, a la par que afectan el ornato y la seguridad vial de la ciudadanía.

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