La declaración supone acciones para la construcción, ampliación, mejoramiento, modernización, equipamiento, mantenimiento y dotación de los recursos humanos necesarios para la operación sostenible de los establecimientos de salud, según corresponda.
Para este efecto, los pliegos presupuestales priorizan las inversiones y programan los recursos de conformidad con lo dispuesto en el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
De acuerdo a la norma, los establecimientos de salud estarán ubicados en la región San Martin, en las siguientes localidades:
Establecimientos de salud en el distrito de Campanilla, provincia de Mariscal Cáceres, establecimientos de salud en el distrito de Tabalosos, en Uchiza, Pongo de Caynarachi y Chazuta.
Además del Servicio de la Unidad Oncológica del establecimiento de salud de la provincia de Lamas.
El Ministerio de Salud, a través de las redes integradas de salud, y los gobiernos regionales, realizan las acciones pertinentes para el cumplimiento de la presente ley.