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viernes, mayo 3, 2024

Denuncian a alcalde de Alonso de Alvarado – Roque – por delitos de malversación, peculado doloso y asociación ilícita para delinquir

Henry Coronel, eleva informe al MEF sobre obras que no existen

Con fecha 12 de julio 2023, la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de San Martín – Tarapoto, recibe la denuncia contra el alcalde del distrito de Alonso de Alvarado Roque, provincia de Lamas, Henry Coronel Rodas por los presuntos delitos de malversación, peculado doloso y asociación ilícita para delinquir. Eso porque el alcalde sustentó ante el MEF, la ejecución de tres obras que en realidad no existen.

Según el portal de Transparencia del Ministerio de Economía y Finanzas – MEF, la Municipalidad distrital de Alonso de Alvarado Roque, sustento en el presupuesto de la obra “Reparación de Vías Vecinales, tramo comprendido entre Pueblo Nuevo y Flor del Oriente, en el ítem pavimentos, en la sección afirmado, un espesor de 20 centímetros con un monto de 59 mil 130.09 soles.

Asimismo, sostuvo que en la extracción y acopio de material de afirmado gastó 40 mil 487.33 soles, en la carga de material para afirmado un monto de 13 mil 478.56 soles, en transporte de material de afirmado un total de 59 mil 181.73 soles, en riego en afirmado 52 mil 056.14 soles.

Es decir, el alcalde Henry Coronel Rodas así sustentó un gasto total del proyecto “Reparación de Vías Vecinales, tramo comprendido entre Pueblo Nuevo y Flor del Oriente” valorizado en 224 mil 333.85 soles;  según las versiones ofrecidas por Bernaún Jiménez, Antero Gómez García, César García Rodas, Cosme Jiménez  y otros pobladores de las localidades de Pueblo Nuevo y Flor del Oriente, aseguran que por esas rutas vecinales, a la fecha de la elaboración de este informe, no había pasado una sola máquina, no se había regado un solo metro cubico de material agregado o de afirmado. Nunca se vio a una sola persona realizando trabajo alguno.

Misma situación pasa en el tramo hacia los Caseríos Capiro y Las Mercedes, del mismo distrito de Alonso de Alvarado Roque, donde según ese mismo portal del MEF afirma que en el tramo de la obra “Capiro-Las Mercedes, en el ítem pavimentos figura en la sección afirmado un espesor 20 cm. con un monto de 15 mil 457.50 soles, en extracción y apilamiento material de afirmado un monto de 10 mil 584.00 soles, en carguío de material para afirmado 3 mil 623.60 soles, y en transporte de material de afirmado 8 mil 491.50 Soles, en riego en afirmado un monto de 13 014.00 soles; haciendo un valor total de la obra de 51 mil 170.60 soles.

Rogelio Saucedo Maldonado-DENUCIANTE

En ese tramo, Manuel Delgado Herrera, en su condición de Agente Municipal del Caserío Capiro, declaró que no existe ninguna obra, dijo que no llegó ninguna maquinaria, no se ha soltado una sola carretillada de material de afirmado. “El alcalde miente, nos está engañando, nos sentimos estafados por el alcalde” dijo.

Pese a eso, en la reciente rendición de cuentas de la Municipalidad distrital de Alonso de Alvarado Roque, el alcalde Henry Coronel Rodas, dio a conocer que el problema en ese tramo ya lo estaban solucionando las maquinarias. “Por las recientes lluvias no se ha podido intervenir en esos tramos, pero ya están entrando las maquinarias” afirmó.

Sin embargo, Lilia Román y Zaira Gálvez, ambas moradoras del Caserío Las Mercedes, respaldan la versión de su Agente Municipal, y afirman que la obra no existe en el lugar. A esto se suma, la aparición de facturas de proveedores que en la realidad nunca habrían prestado sus servicios en estas obras.

Posibles implicancias legales

¿Cómo se sanciona el delito de peculado?

En peculado doloso: pena privativa de libertad no menor de 4 ni mayor de 8 años, inhabilitación y de 180 a 365 días multa. Con agravante (mayor a 10 UIT): pena privativa de la libertad no menor de 8 ni menor de 12 años, inhabilitación y entre 365 a 730 días multa.

¿Qué es el delito de malversación?

El delito de malversación o de malversación de recursos públicos, se basa en la administración desleal o apropiación indebida realizada de forma dolosa por parte de una autoridad o de un funcionario, ya sea un empleado o un cargo público en el ejercicio de su cargo.

¿Qué dice el artículo 384 del Código Penal?

El primer párrafo del artículo 384 del Código Penal define al delito de colusión como aquel en el que un funcionario o servidor público concierta con un particular sobre una contratación, adquisición o cualquier operación que se realice en el desempeño de su cargo con la finalidad de defraudar al Estado.

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