La bancarización de las operaciones de comercio exterior superiores a 2,000 dólares contribuirá con mejorar el control aduanero, destacó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
Detalló que, en el marco de las facultades legislativas otorgadas al Poder Ejecutivo, se promulgó el Decreto Legislativo N° 1388 que regula la bancarización de las operaciones de comercio exterior.
Esta norma establece que las mercancías importadas cuyo valor FOB sea superior a 2,000 dólares o 7,000 soles que impliquen una compraventa internacional, deben ser canceladas utilizando medios de pago a través del sistema financiero.
De no cancelarse utilizando estos medios de pago, la Sunat determinará el reembarque o el pago de una multa a elección del importador, cuando la mercancía se encuentre pendiente de levante; y en los casos se haya otorgado el levante, se impondrá la sanción de multa.