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miércoles, mayo 14, 2025
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Destaque de Maxwell Bartra se hizo sin conocimiento de director UGEL

Sin conocimiento del Director de la UGEL San Martin, el Funcionario Rodonson Córdova Sangama, Jefe de la Oficina de Operaciones, firmó el Memorandum No. 0130-019/OO-UGELSM-T/O.P destaque del Prof. Maxwel Bartra Dávila, a la Gerencia Territorial Bajo Mayo, al Área de la Sub Gerencia de Desarrollo Social, en calidad de destacado según Exp. No. 006508 con vigencia del 01/04/2019 hasta el 31/12/2019.

El Funcionario Rodonson Cordova Sangama, desconoce la nueva ley del Profesorado ya que en artículo 175 dice lo siguiente:

ARTICULO 175: CONDICIONES DEL DESTAQUE
Las condiciones de acuerdo a las cuales se otorga el estaque son:
a.- El destaque no puede ser menor a treinta (30) días ni exceder el ejercicio fiscal.
b.- Es potestad de los titulares de las instancias correspondientes aceptar la solicitud de destaque.
c.- Carece de validez todo destaque que no cuente con la autorización resolutiva.
d.- El profesor destacado realiza necesariamente las mismas funciones, en el mismo nivel, modalidad y forma educativa en la que se encuentra nombrado.
e.- El profesor destacado percibe la remuneración integra mensual y las asignaciones temporales que le correspondan el cargo de destino.
f.- El profesor no puede ser destacado por un periodo mayor a dos (02) años consecutivos.
g.- El profesor conserva su plaza en la entidad de origen que es nombrado, mientras dure su destaque.

En tal sentido dicho funcionario ha hecho una aberración administrativa, por el profesor destacado no realiza las funciones de profesor de educación física, solo es entrenador, este docente ya viene por años destacado y la ley dice 2 años consecutivos.

Frente a este acto invocamos a la Contraloría y la oficina de OCI y al Director de la Ugel San Martin que revisen este caso y se sanciones a estos funcionarios que están en contra de la Educación.

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