El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) reafirmó que el expresidente Martín Vizcarra Cornejo no podrá participar en los comicios generales de 2026, al declararse infundada la apelación presentada por el partido Perú Primero contra su desafiliación.
Según la Resolución N.° 0223-2025-JNE, publicada en el portal institucional del JNE, la decisión se basa en las resoluciones legislativas N.° 020-2020-2021-CR y N.° 016-2021-2022-CR, mediante las cuales el Congreso de la República inhabilitó políticamente a Vizcarra. En ese marco, el retiro de su afiliación política es una consecuencia directa de esa sanción, indica el documento.
«[…] La inhabilitación no ha sido anulada ni impugnada mediante una sentencia con calidad de cosa juzgada», precisa la resolución, por lo que las decisiones del Congreso tienen naturaleza ejecutoria.
Como resultado, la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas (DNROP) procedió a eliminar a Vizcarra del padrón de afiliados de Perú Primero, lo cual fue comunicado a dicho partido el 3 de abril mediante el Oficio N.° 001021-2025-DNROP/JNE.
El documento también recuerda que el Tribunal Constitucional ya ha sentado precedente sobre los alcances de la inhabilitación, precisando que esta impide no solo postular a cargos públicos, sino también pertenecer a una organización política.
“De esta manera, el Pleno del organismo electoral confirma el acto administrativo emitido por la DNROP. La resolución será publicada en el diario oficial El Peruano”, concluye el JNE.
En paralelo, el último viernes 27 de junio, el Poder Judicial rechazó el pedido de prisión preventiva por seis meses contra Vizcarra, en el marco de las investigaciones por los casos ‘Lomas de Ilo’ y ‘Hospital de Moquegua’. El juez Víctor Alcocer, del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, declaró infundado el requerimiento fiscal.
A pesar de estar inhabilitado, Vizcarra continúa haciendo campaña política con miras a las elecciones de 2026, aunque su situación jurídica y política lo mantiene fuera de carrera.