21.7 C
Tarapoto
sábado, septiembre 20, 2025
spot_img

Fondos deben responder a interés público: ONG deberán rendir cuentas en tiempo real sobre fondos internacionales

El Gobierno peruano puso en marcha una reforma para garantizar que los fondos de cooperación internacional se destinen al interés público.

Con la publicación del Decreto Supremo 032-2025-RE, que reglamenta la Ley de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), se establece un sistema de control y transparencia para las ONG y entidades receptoras de recursos.

La norma, firmada por la presidenta Dina Boluarte y el canciller Elmer Schialer, se sustenta en tres ejes principales.

Registros obligatorios. Todas las organizaciones que gestionen cooperación internacional deberán inscribirse en los padrones de la APCI (ONGD, ENIEX e IPREDA). Estos serán públicos y mostrarán el origen, destino y ejecución de cada fondo.

Fiscalización activa. La APCI tendrá la facultad de realizar inspecciones en campo, entrevistar a beneficiarios y elaborar informes. El propósito es alinear la cooperación con la política exterior y las prioridades de desarrollo nacional.

Transparencia en tiempo real. Se implementará un sistema digital abierto al público que mostrará información actualizada sobre proyectos, contratos, fuentes cooperantes y sanciones aplicadas. Esto permitirá que cualquier ciudadano supervise el uso de los recursos.

El modelo también refuerza la coordinación con la Sunat y la SBS para prevenir el lavado de activos y el uso indebido de los fondos.

Además, fortalece el rol de la APCI en la cooperación técnica que Perú ofrece a otros países, buscando posicionar al país como un socio confiable y transparente en el ámbito internacional.

Con estas medidas, el Ejecutivo espera garantizar eficiencia, rendición de cuentas y recuperar la confianza ciudadana en el manejo de la ayuda internacional destinada a los sectores más vulnerables.

Artículos relacionados

Mantente conectado

34,742FansMe gusta
478SeguidoresSeguir
1,851SeguidoresSeguir

ÚLTIMOS ARTÍCULOS