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Elecciones 2026: Cómo presentar una tacha, excusa o justificación para no ser miembro de mesa

La multa es de S/ 275equivalente al 5 % de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente.

La ONPE detalla los plazos, requisitos y causales legales para ciudadanos sorteados, en un proceso clave para la transparencia electoral

Tras la publicación de la lista de 834,660 ciudadanos peruanos seleccionados mediante sorteo público para cumplir la función de miembros de mesa en las Elecciones Generales 2026, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) viene recibiendo solicitudes de tachasexcusas y justificaciones por parte de la ciudadanía.

La tacha puede ser presentada por cualquier persona que considere que uno de los ciudadanos sorteados, ya sea titular o suplente, se encuentra comprendido en alguno de los impedimentos establecidos en la Ley Orgánica de Elecciones (Ley N.° 26859). Entre estos impedimentos figuran el ser autoridad políticarepresentante elegido por voto popularcandidato o personero de una organización políticamiembro del comité directivo de una agrupación inscrita en el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), así como trabajador de alguno de los organismos del sistema electoral.

De acuerdo con la norma electoral, la solicitud de tacha debe presentarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional de miembros de mesa. Este plazo puede variar según la localidad, ya que las listas han sido difundidas en distintas jurisdicciones donde operan las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE). Para verificar si un ciudadano fue seleccionado, la ONPE ha habilitado la plataforma digital http://consultaelectoral.onpe.gob.pe/.

La tacha debe presentarse ante la ODPE correspondiente y estar acompañada de documentación que acredite el impedimento legal invocado. Una vez recibida, la ONPE remite el expediente al Jurado Electoral Especial (JEE) respectivo para su evaluación. La decisión que adopte este órgano puede ser apelada ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

Si bien la ley establece que el cargo de miembro de mesa es irrenunciable, también contempla situaciones excepcionales que permiten al ciudadano solicitar una excusa o una justificación. La excusa puede presentarse dentro de los cinco días hábiles posteriores a la publicación de la lista definitiva, mientras que la justificación procede hasta cinco días antes de la jornada electoral.

Ambos trámites pueden realizarse de manera presencial en la ODPE, a través de un enlace web o mediante la mesa de partes virtual externa de la ONPE, adjuntando el documento de sustento correspondiente. Entre las causales para solicitar excusa se encuentran tener 65 años o másembarazo o periodo de lactancia de niños hasta los dos añoshallarse fuera del territorio nacionalpresentar impedimento físico o mental grave, o estar comprendido en las causales del artículo 57 de la Ley Orgánica de Elecciones.

En el caso de la justificación, esta solo es admitida por motivos de enfermedad, siempre que se adjunte un certificado médico válido, conforme a lo establecido en la normativa electoral. De no ser aceptada la solicitud, el ciudadano será sancionado con una multa de S/ 275, equivalente al 5 % de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente.

La ONPE ha puesto a disposición el Formulario P2 de Excusa o Justificación, accesible en el portal oficial del Estado:
https://www.gob.pe/institucion/onpe/informes-publicaciones/3312585-formulario-p2-excusa-o-justificacion.
El costo del trámite es de S/ 15.80, monto que puede abonarse en el Banco de la Nación o mediante la plataforma Págalo.pe, usando el código 03836.

Este proceso forma parte de los mecanismos legales que buscan garantizar la idoneidad de los miembros de mesa y fortalecer la transparencia y legitimidad del sistema electoral, en un contexto decisivo para el futuro democrático del país.

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