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DREM San Martín precisa competencias contra la extracción ilegal de agregados en los ríos

En el caso de río negro y Tonchima la competencia para autorizar y fiscalizar corresponde a las municipalidades provinciales y distritales de Rioja, Yorongos y Elías Soplín Vargas – Segunda Jerusalén – Advierte el funcionario.

Es por ello, que la protección de los recursos naturales exige que cada autoridad asuma plenamente sus responsabilidades para evitar que la falta de control termine afectando ecosistemas estratégicos.

La extracción de materiales de construcción en las nacientes del río Negro y Tónchima continúa generando preocupación por sus posibles impactos sobre ecosistemas considerados estratégicos para la región. En este contexto, el director de la Dirección Regional de Energía y Minas de San Martín (DREM)Ing. Óscar Fernández, informó que durante el presente año la entidad ha desarrollado diversas acciones de fiscalización en coordinación con la Policía Ambiental y el Ministerio Público, identificando actividades de extracción que se realizaban sin autorización.

No obstante, el funcionario precisó que cuando estas labores se ejecutan dentro del cauce de los ríosla competencia para autorizar y fiscalizar no corresponde a la DREM, sino a las municipalidades provinciales y distritalesentre ellas las de RiojaYorongos y Elías Soplín Vargas, de acuerdo con la normativa vigente.

En ese sentido, explicó que aún existe desconocimiento sobre las funciones de cada institución, situación que puede generar vacíos en el control de estas actividades. Pese a ello, indicó que la DREM viene articulando intervenciones con la Autoridad Regional Ambiental (ARA) para enfrentar la extracción ilegal y ya se han iniciado los procedimientos administrativos correspondientes contra quienes desarrollan estas actividades al margen de la ley.

Óscar Fernández también aclaró la diferencia entre la explotación de materiales destinados a actividades privadas y aquella vinculada a la ejecución de obras públicas. Explicó que las obras públicas no requieren una concesión minera, sino un procedimiento denominado afectación de canteras, el cual debe encontrarse previsto desde la elaboración del expediente técnico del proyecto. Detalló que inicialmente se obtiene la calificación de obra pública por parte de la entidad competente, como el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) cuando se trata de infraestructura vial, para posteriormente registrar la cantera en el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (INGEMET), dentro del precatastro minero, trámite que autoriza el uso exclusivo del material para la ejecución de la obra. Asimismo, recordó que otra alternativa legal consiste en adquirir los agregados de un productor minero autorizadosiempre que este cumpla con todas las exigencias establecidas por la legislación vigente.

En relación con el control sobre el destino del material extraído, el titular de la DREM San Martín sostuvo que la entidad ejerce labores de fiscalización para verificar que quienes realizan actividades mineras cuenten con las autorizaciones correspondientes, sin perjuicio de las acciones que también puedan desarrollar la Policía Ambiental y otras instituciones competentes.

Respecto a las versiones sobre una presunta extracción de agregados en el río Tónchima, precisó que hasta el momento no se ha presentado una denuncia formal ante la Dirección Regional de Energía y Minas; sin embargo, reiteró que las municipalidades mantienen una responsabilidad directa e ineludible en la autorización y supervisión de toda actividad desarrollada dentro de los cauces de los ríos, aspecto que resulta determinante para garantizar un aprovechamiento sostenible de estos recursos.

Otro de los temas abordados fue la preocupación existente por las concesiones mineras en la zona de Shunté. Sobre este punto, Fernández recordó que una concesión minera no constituye una autorización para iniciar actividades de explotación, sino únicamente el reconocimiento de un derecho para desarrollar las etapas posteriores del procedimiento, por lo que la obtención de una concesión representa la «puerta de entrada» a un eventual proyecto minero. No obstante, reconoció que, en el caso de Shunte, existen sectores próximos a una Zona de Recuperación que limita con el Bosque de Protección Bosque Shunté Mishollo (BoShumi), – ACR Boshumi (Bosques de Shunté y Mishollo) – espacios de especial importancia ambiental que, según diversos cuestionamientos, no siempre serían considerados con la profundidad necesaria durante el proceso de otorgamiento de concesiones por parte del INGEMET.

Para el funcionario, este escenario pone en evidencia la necesidad de fortalecer la articulación entre las instituciones del Estado, mejorar los mecanismos de coordinación y asegurar que cualquier aprovechamiento de los recursos naturales se desarrolle dentro del marco legal, con estricto respeto por las áreas ambientalmente sensibles y bajo criterios de sostenibilidad que permitan conciliar el desarrollo económico con la conservación del patrimonio natural de San Martín.

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