
Moyobamba. De acuerdo a la normatividad vigente emitida por Essalud, las mujeres que se afilian a esta entidad con posterioridad al inicio de su embarazo no pueden recibir atenciones de control prenatal, parto y post-parto; ni tampoco pueden recibir atención del Ministro de Salud a través del Seguro Integral de Salud (SIS) debido a que -formalmente- ya cuentan con un seguro de salud.
Esta situación terminaba afectando el derecho a la salud y seguridad social de las mujeres embrazadas.
El abogado Adler Oliva Chicana señaló que estas disposiciones constituyen una vulneración de los derechos fundamentales a la igualdad, a la salud, al libre desarrollo de la personalidad y a los derechos reproductivos, así como del deber estatal de brindar protección a la mujer gestante, el negar a una mujer embarazada las atenciones solicitadas (controles prenatales) sobre la base de disposiciones contenidas en una norma de rango inferior a la Constitución.
Al respecto el reconocido abogado señaló que la situación descrita no podrá volver a suceder, al haberse declarado fundada la demanda de amparo interpuesta por la Defensoría del Pueblo a favor de una ciudadana que vio rechazado su pedido de que se le programe una cita médica; pues el Tercer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca ha declarado que el Seguro Social de Salud (EsSalud) no puede negarle atenciones a una mujer gestante incluso si interrupciones en los aportes que deben realizarse mensualmente.
En la sentencia también se ordena a Essalud no incurrir en la negativa de brindar atención médica a las gestantes que al tiempo de la concepción no se encuentren afiliados a su representada, caso contrario serán de aplicación las medidas coercitivas previstas en el Artículo 22 ° del Código Procesal, dijo Adler Oliva.
Esta sentencia genera un avance del pleno respeto a los derechos fundamentales a la igualdad, a la salud, al libre desarrollo de la personalidad y a los derechos reproductivos de las mujeres; pues a partir de la fecha ninguna mujer debe ser impedida de las atenciones de control prenatal, parto y post-parto en Essalud bajo argumentos que su aporte fue con posterioridad a la concepción y/o que hubo interrupciones en el pago de sus aportaciones, finalizó Adler Oliva. (Alfonso Delgado G.)



