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Afiliación obligatoria a la AFP o a la ONP desde los 18 años desde 2027

El Gobierno aprobó el Reglamento de la Ley N.° 32123, Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano, mediante el Decreto Supremo N.° 189-2025-EF, que establece cambios claves en el sistema de pensiones.

Desde el 1 de junio de 2027, todos los peruanos deberán afiliarse de manera obligatoria al Sistema Nacional de Pensiones (ONP) o al Sistema Privado de Pensiones (AFP). Quienes cumplan 18 años y no elijan en un plazo de un año serán afiliados automáticamente a la ONP, mientras que los mayores de edad no incorporados hasta esa fecha pasarán al SPP.

La reforma también dispone que los trabajadores dependientes seguirán aportando el 13 % en la ONP y el 10 % en la AFP, mientras que los independientes empezarán a contribuir desde 2028 con un esquema progresivo de 2 % a 5 %.

Además, se crea la Unidad de Aporte (UdA), que permitirá acceder a una pensión mínima de S/600 con 20 años de aportes y a una pensión proporcional con 10 años. Este beneficio alcanzará tanto a los afiliados de la ONP como a los de las AFP.

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