Son 112 organizaciones que solicitan a Estados Unidos supervisar cambios en Ley Forestal
En el marco del Acuerdo de Promoción Comercial (APC) entre Perú y Estados Unidos, por ir en contra de diversos compromisos ambientales y tratados internacionales, facilitaría actividades agrícolas y ganaderas sin una evaluación previa de su impacto ambiental
En una manifestación conjunta, el Consejo Directivo de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales (ANGR) expresó su preocupación y protesta ante la promulgación por insistencia de la Ley 31973, la cual modifica la Ley Forestal. Esta iniciativa, previamente observada por el Poder Ejecutivo, la Sociedad Civil y las regiones amazónicas, se encuentra ahora en el centro de un cuestionamiento que insta al Congreso de la República a derogarla de inmediato.
La preocupación central recae en la presunta vulneración de la Constitución Política del Perú, en el artículo 2, en sus numerales 1 y 22, así como de los artículos 67, 68° y 69°. Los Gobernadores sostienen que esta ley constituye un peligro para el desarrollo sostenible de la Amazonia, poniendo en riesgo el derecho de los ciudadanos a disfrutar de un ambiente equilibrado.
Además, argumentan que la normativa podría propiciar actividades informales que amenacen los bosques y agraven la deforestación ya existente, impulsando la tala ilegal, la minería ilegal, el tráfico de tierras y el narcotráfico en los territorios regionales.
¿Qué establece la Ley 31973 que modifica la Ley forestal?
Las recientes modificaciones a la Ley Forestal y las disposiciones complementarias, mediante la Ley 31973, flexibilizan la protección de los bosques al eliminar la exigencia de estudios de clasificación de tierras y debilitar el rol del Ministerio del Ambiente en la definición de bosques de producción permanente y transferirlo al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri).
De este modo, se permite la habilitación agraria en tierras con aptitud forestal, incluso legalizando a quienes las deforestaron irregularmente. Esto contraviene la obligación constitucional del Estado de preservar el patrimonio forestal e incrementa la vulnerabilidad de comunidades nativas.
Por otro lado, la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA) ha identificado riesgos adicionales en la ley, como la infracción de la Ley de saneamiento físico-legal y formalización de predios rurales, al otorgar títulos de propiedad irregulares en tierras de aptitud forestal o de protección. Asimismo, de autorizaciones de cambio de uso de suelo y desbosques, y vulnera el derecho a la consulta previa de pueblos indígenas.
Posición de organizaciones indígenas
Las organizaciones indígenas nacionales que conforman la Plataforma de Pueblos Indígenas para enfrentar el Cambio Climático (PPICC) rechazaron la modificatoria de la Ley forestal y de fauna silvestre, que se aprobó sin consulta y consentimiento previo libre e informado. En una carta dirigida a Soto Retes, detalla que “impulsa la deforestación y facilita el otorgamiento de derechos sobre nuestros bosques a favor de terceros”. Pero, lo más grave es que promoverá el despojo de sus territorios ancestrales e incrementará las amenazas contra la vida de defensores indígenas ambientales.
¿Defensoría a favor de modificaciones a Ley forestal?
Finalmente, es importante destacar que, de acuerdo con el portal periodístico Público, entre los aliados de la Ley 31973 está el defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez. Por ese motivo, cuando Soto firmó la norma para su promulgación, el defensor desautorizó un nuevo pronunciamiento en contra. Este hecho habría sido el detonante de la renuncia de la ex adjunta del Medio Ambiente Lissette Vásquez, el pasado miércoles 10 de enero. Son ocho los adjuntos de la Defensoría que han renunciado por la nueva política de gestión de Gutiérrez.