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Centro de Arbitraje y Solución de Conflictos de la CCPTSM-T se incorpora al Registro de Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas (REGAJU)

El Centro de Arbitraje y Solución de Conflictos (CASC) de la Cámara de Comercio de San Martín, a la fecha, se encuentra presente con Juntas de Prevención y Resolución de Disputas (JPRD) en 54 obras públicas, con una inversión total de S/ 2,350 millones, y ha resuelto con éxito más de 40 arbitrajes en contratos públicos por un monto superior a S/ 214 millones en los últimos dos años.

La Ley N.° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, estableció que, a partir de enero de 2026, la incorporación en el Registro de Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas (REGAJU) constituye un requisito legal indispensable para administrar y/u organizar un arbitraje y/o una junta de prevención y resolución de disputas.

La Cámara de Comercio, Producción y Turismo de San Martín, con 75 años de existencia, cuenta desde hace diez (10) años con el CASC, el cual ha demostrado eficiencia y profesionalismo, evitando que más de 54 obras públicas, valorizadas en S/ 2,350 millones, se paralicen por disputas técnicas o contractuales, mediante la administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas (JPRD). De manera paralela, en los dos últimos años, ha resuelto con éxito más de 40 arbitrajes en obras públicas valorizadas en más de S/ 214 millones.

En cumplimiento de lo dispuesto por la Ley General de Contrataciones Públicas N.° 32069, el CASC de la Cámara de Comercio de San Martín culminó su incorporación al REGAJU, a fin de seguir cumpliendo con eficiencia su rol de administrar, con profesionalismo, los mecanismos de solución de controversias, como el arbitraje y las juntas de prevención y resolución de disputas.

El REGAJU es administrado por el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) y, de conformidad con lo establecido en el numeral 77.6 del artículo 77 y la Décima Disposición Complementaria Transitoria de la Ley, desde el 1 de enero de 2026, los árbitros y adjudicadores, para ejercer funciones en arbitrajes y en las Juntas de Prevención y Resolución de Disputas, respectivamente, deben formar parte de las nóminas de una institución registrada en el REGAJU.

Con esta incorporación al REGAJU, el CASC de la Cámara de Comercio de San Martín continuará contribuyendo con los Gobiernos Regionales y Municipalidades de San Martín y la Amazonía, impulsando el desarrollo y bienestar de la población, mediante la administración eficiente de los mecanismos de solución de controversias en materia de contratación pública. Cabe destacar que el CASC cuenta con las certificaciones ISO 9001 e ISO 37001, que lo acreditan como una institución con procesos de calidad, transparente y libre de corrupción.

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