La periodista Claudia Cisneros se rectificó de las afirmaciones que había realizado públicamente sobre el embajador del Perú ante la Organización de los Estados Americanos (OEA), Aurelio Pastor, a quien vinculó con procesos judiciales por tráfico de influencias y con el denominado caso de los “narcoindultos”.
El episodio se produjo luego de que Pastor enviara una carta notarial solicitando una rectificación respecto de las expresiones difundidas por Cisneros. Según información publicada por Expreso, el exministro cuestionó la veracidad de dichas afirmaciones y exigió que fueran corregidas dentro del plazo establecido.
Cisneros había calificado a Pastor de “prontuariado” y sostuvo que estaba “involucrado” en el caso de los llamados “narcoindultos”. Sin embargo, ambas expresiones fueron cuestionadas debido a la situación jurídica que correspondía en cada uno de los casos mencionados.
Respecto al proceso por tráfico de influencias, este concluyó con una absolución a favor de Pastor. Por ello, presentarlo como condenado o atribuirle antecedentes penales por ese delito resultaría incorrecto.
En cuanto al caso conocido como “narcoindultos”, Pastor participó en las investigaciones en calidad de testigo. En ese contexto, utilizar la expresión “involucrado” podía generar una interpretación distinta respecto de su condición dentro de dicho proceso.
Ante el requerimiento notarial, Cisneros finalmente procedió a rectificarse, cerrando así el intercambio generado a raíz de sus declaraciones.
El episodio vuelve a poner sobre la mesa la importancia de la precisión en el tratamiento periodístico de asuntos judiciales, especialmente cuando se formulan acusaciones o se atribuyen responsabilidades a personajes públicos. La diferencia entre haber sido investigado, declarado testigo, procesado o condenado no es meramente semántica: cada condición tiene implicancias jurídicas diferentes y puede modificar sustancialmente la percepción pública sobre una persona.
En este caso, la rectificación de Cisneros se produjo después del requerimiento efectuado por Pastor, quien cuestionó las afirmaciones por considerarlas falsas y perjudiciales para su reputación.
Más allá de las posiciones políticas que puedan existir alrededor del exministro y actual representante diplomático, el episodio deja una premisa fundamental para el debate público: las críticas y opiniones son legítimas, pero las imputaciones sobre hechos concretos deben sustentarse en información verificable y corresponder al estado real de los procesos judiciales.



