Otro detalle de las constantes violaciones al reglamento nacional de tránsito, es el transporte de carga en mototaxis y motofurgones, incurriendo en falta al Artículo 100, sobre Seguridad de la carga. El conductor de un vehículo que transporte carga debe asegurarse que ésta no sobrepase las dimensiones de la carrocería, esté adecuadamente acomodada, sujeta y cubierta de forma tal que no ponga en peligro a las personas u otros vehículos usuarios de la vía. Artículo 101.- Transporte de la carga. El conductor de un vehículo que transporte carga, debe asegurarse que ésta no sea arrastrada, no presente fugas, no caiga sobre la vía, no comprometa la estabilidad y conducción del vehículo, no oculte las luces, dispositivos reflectivos o la Placa Única Nacional de Rodaje y no afecte la visibilidad.
Es evidente que esto no conocen los conductores, es por ello que a diario se puede ver que cometen estas infracciones, como por ejemplo la imagen de la fotografía, captada por este medio ayer en la calle Teniente César López. Un motofurgón transportando cuartones de madera por media pista sin ninguna señal de advertencia o peligro.
Es la cultura, y cuando hay autoridades que intentan poner orden, las califican de abusivas. (Róger Torres)