Columna: Escenario regional.
Nombre: Carlos Job
Analista Político.
Nuestro sistema electoral permite la consulta popular a manera de revocatoria y las reglas de juego hacen que en el Perú a partir de junio del segundo año de mandato se puedan adquirir los kits de revocatoria.
Los ciudadanos, colectivos, actores políticos y sociales no han esperado que acabe la semana para comenzar a organizarse y comprar estos dispositivos que vienen saliendo como pan caliente.
Estoy convencido que en la región San Martín el caso más esperado y controversial será el de la provincia del mismo nombre, el pueblo y la calle tiene un clamor que se va a manifestar en esta oportunidad.
Pero analicemos al revocatoria como tal y digámosle a la población que tenemos este proceso de consulta desde el año 1994 a raíz de la Ley Nº 26300, Ley de Derechos de Participación y Control Ciudadanos.
Desde el inicio de este procedimiento político hasta la actualidad, se puede afirmar que el Perú se ha convertido en uno de los países con mayor intensidad en materia de revocatorias del mandato subnacional en el Mundo.
En un artículo interesante de Welp, se afirma que existen 4 hipótesis que alientan el contexto revocador (2013).
La investigadora concluye que la primera tesis tiene que ver con la cultura política, la segunda con el diseño institucional, la tercera tiene como referencia a los incentivos políticos partidarios y finalmente se encuentran las garantías institucionales ofrecidas para iniciar y concretar revocatorias.
Sin lugar a dudas deben existir motivos para revocar a una autoridad, muchas veces el desencanto, precaria gobernabilidad y legitimidad alimentan los ánimos de los revocadores y el pueblo; pero todo deben de pasar un procedimiento formal.
El procedimiento inicia con la compra de un kit electoral, el kit debe de contener el 25% de las firmas de los electores de cada circunscripción en el menor tiempo posible.
El día de la consulta se realiza el segundo domingo de junio del tercer año del mandato y para que una revocatoria se haga efectiva necesita de la mitad más uno de los votos válidos, además, de una participación ciudadana de la menos el 50% de los electores hábiles del padrón electoral.
Trabajando este artículo para los lectores del Diario Voces, observo, que existen consecuencias para una autoridad revocada, son dos los principales impactos.
El primero es que la autoridad revocada no puede postular a ningún cargo en la entidad de la que ha sido revocada en la elección regional o municipal siguiente.
Y la segunda es que el funcionario que hubiese sido removido no puede volver a desempeñar el mismo cargo en los siguientes cinco años.
Si bien es cierto que la revocatoria se realiza para el tercer año de mandato debemos leer que en nuestros plazos electorales para las Elecciones generales, Regionales y Municipales 2026 ya están corriendo, lo que va implica, de todas maneras, una politización anticipada.
Esto quiere decir que las campañas ya han iniciado, formalmente, abiertamente y estructuralmente hablando.
En la región San Martín, estamos mirando diferentes casos para la revocatoria, alcaldes y regidores en un solo kit, solo alcaldes, solo regidores, algunos pocos regidores, un solo regidor.
Seguiremos realizando la observación y los apuntes necesarios para un proceso que va a marcar mucha agenda en el ámbito subnacional y nuestra región no va ser la excepción.