Comité determinó que empresas no podrían presentar línea de crédito
En atención a lo establecido en el numeral 65.1 del artículo 65 del Reglamento de la Ley de Contrataciones con el Estado el Comité de Selección declara desierto el procedimiento de selección Licitación Pública nº 03-2022-MTC/21, primera convocatoria, respecto a la contratación de la ejecución de la obra: “Construcción del Puente Tarata sobre el Río Huallaga, en la Provincia de Mariscal Cáceres, Región San Martín” al no existir ninguna oferta valida.
Como baldazo de agua fría, cayó la información que minutos después se confirmó con la emisión del acta de apertura y emisión de ofertas, de la Licitación Pública nº 03-2022-MTC/21, primera convocatoria, respecto a la contratación de la ejecución de la obra: “Construcción del Puente Tarata sobre el Río Huallaga, en la Provincia de Mariscal Cáceres, Región San Martín” ya que dicho proceso fue declarado desierto por los miembros del Comité de Selección designados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones – MTC.
Resulta que en el proceso realizado el 16 de enero 2023, se registraron un total de 38 empresas, entre nacionales e internacionales, que buscaban ser adjudicados con la buena pro de tan importante proyecto; luego de que las empresas cumplieran con presentar su oferta económica, las cuales debían contener información plenamente consistente y congruente para que se pueda dar la admisión del proceso y por ende la entrega de la buena pro a la empresa o consorcio ganador.
Sin embargo, Comité de Selección, después de evaluar de manera conjunta la documentación presentada por los participantes, respecto a la admisión de ofertas, y la evaluación de ofertas, a fin de determinar el cumplimiento o no de los requisitos de calificación, experiencia del postor en la especialidad el cual es el monto facturado. Por eso de acuerdo al reglamento el Comité procedió los requisitos de calificación de los postores que lograron superar la etapa de admisión y evaluación de ofertas.
Determinando que las empresas calificadas a competir para la entrega de buena pro, en la etapa de consultas y observaciones, respecto a la solvencia económica, por una disposición de la Dirección General de Riesgos – DGR – del Organismo Supervisor de Contrataciones con el Estado – OSCE, dejaron sin efecto las disposiciones de las bases y del pliego absolutorio respecto a la solvencia económica.
Por lo tanto, los postores, según un acápite del acta, de acuerdo a la evaluación técnica y económica realizada, dice: en atención a lo establecido en el numeral 65.1 del artículo 65 del Reglamento de la Ley de Contrataciones con el Estado el Comité de Selección declara desierto el procedimiento de selección Licitación Pública nº 03-2022-MTC/21, primera convocatoria, respecto a la contratación de la ejecución de la obra: “Construcción del Puente Tarata sobre el Río Huallaga, en la Provincia de Mariscal Cáceres, Región San Martín” al no existir ninguna oferta valida.