
Juanjui. Mediante Resolución de Alcaldía N°034-2019, de fecha 21 de enero de este año, el alcalde provincial de Mariscal Cáceres, abogado Víctor Raúl López Escudero declaró nulo de oficio, el contrato N°138-2018-MPMC, suscrito entre la Municipalidad Provincial de Mariscal Cáceres y el Consorcio Juanjui, integrado por Pérez y Pérez SAC, R y M Constructores SAC y AMT Constructores SAC, derivado de la Licitación Pública No 03-2018-MPMC-J/CS-Primera Convocatoria para la ejecución de la obra de “Mejoramiento y ampliación del sistema de agua potable, alcantarillado y planta de tratamiento de las aguas residuales en diez localidades de la provincia de Mariscal Cáceres”, por un monto de S/ 23, 971, 445. 01 millones.
En la parte considerativa del documento oficial se precisa las razones de la decisión de la autoridad edil, siendo que “no existe seguridad de que el Consorcio cuente con los equipos contenidos en el compromiso de alquiler de equipos, documento contenido en el expediente de contratación.
Sobre el particular esclarece: “Que el tribunal de Contrataciones, al respecto del Teodolito, realizando un análisis del documento presentado, se tiene que en el mismo se consigna que “la cotización sería válida hasta la compra y/o suscripción del contrato”, desprendiéndose que dicha cotización se encuentra condicionada, pudiendo variar los precios y el stock sin previo aviso, siendo que dicho documento no cumple con la finalidad de lo requerido por las bases del proceso, en cuanto no permite tener certeza de que en el momento oportuno dicho equipo, con las características que exigían las bases, se encuentre disponible como parte del equipo del adjudicatario”.
Asimismo el escrito edil manifiesta: “Al realizar la búsqueda electrónica de la empresa UNIMAD S.A se identifica que es de Lima, que el representante declarado en la SUNAT, es distinto al que suscribe el documento Sr. Javier Andrade Fernández”.
También se revela que “en el folio 266 del expediente se encuentra una constancia de trabajo como parte de la experiencia de la empresa ganadora que según detalla es inexacta: “En su calidad de contratista – residente de la obra ha cumplido a cabalidad el proceso de la obra de agua y alcantarillado, firmado por ante notario, las obras mencionadas fueron recepcionadas por SEDAPAL el 3 de enero del 2002 y las obras complementarias el 30 de abril 2002, por lo que el tiempo efectivo que participó el contratista residente fue del 1 de enero 1999 al 31 de julio 2001 ampliándose el tiempo debido a las obras complementarias”.
“Entendiéndose así que la experiencia detallada no fue ejecutada en obras similares o iguales. Se identificó en el folio 258 expedido por el Consorcio IOTA información inexacta que vulnera el principio de la veracidad. Cruzando información mediante la plataforma del sistema electrónico de contratación del Estado e INFO OBRAS se identifica que la empresa suscribió contrato el 11 de enero del 2011”, y no en las fechas señaladas.
Por otra parte en la resolución de alcaldía se señala: “De la revisión del Sistema Electrónico de la Contratación del estado-SEACE, de fecha 26 de diciembre del 2018, la empresa RACE CONSTRUCTORES EIRL presenta ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado OSCE, recurso de apelación, el mismo que fue elevado a dicho tribunal quedando dicho proceso de selección en estado suspendido”.
Como es natural, esta decisión de la municipalidad ha generado controversia y opiniones divididas. Mientras, por un lado, hay quienes avalan la decisión por considerar que no se puede contratar de manera irregular, hay opiniones que señalan que las observaciones eran subsanables mediante un proceso de conciliación. Según estos últimos, a lo que menos se debería llegar es al arbitraje pues causaría una gran demora en la ejecución de la obra.
Por su parte el alcalde Víctor Raúl López Escudero, aseguró que no habrá dilaciones en la ejecución de este proyecto y que esto se materializaría a más tardar un mes adelante. (Carlo Augusto)