El Poder Judicial determinó que existen graves y fundados elementos de convicción, peligro de fuga y riesgo de obstaculización de la investigación contra presuntos integrantes de una organización criminal vinculada a sicariato, robo agravado y tráfico ilícito de drogas en la provincia de Huallaga.
El Juzgado de Investigación Preparatoria de la provincia de Huallaga, a cargo del juez Jimmy Yong Chung, declaró fundado el requerimiento fiscal de prisión preventiva por 36 meses contra seis investigados vinculados al caso denominado “Los Piratas”, una presunta organización criminal implicada en delitos de alta gravedad, como sicariato, robo agravado y tráfico ilícito de drogas (TID).
La decisión judicial se sustenta en la concurrencia de los presupuestos procesales exigidos por la ley, principalmente la existencia de graves y fundados elementos de convicción, así como el peligro de fuga y el riesgo de obstaculización de la investigación.
Los imputados son Tylza Vallejos Soplin, alias “La Patrona”; Jarby Leyder Bautista Portocarrero, alias “Alfa Bautista”; Carlos Príncipe Gutiérrez, alias “Parcero”; Gabriel Panduro Silva, conocido como “Pichico” o “Sombra”; Genix Pedrin Pizango Lancha, alias “Chino Pizango”; y William Ruiz Flores.
Según el Ministerio Público, los investigados habrían cumplido roles diferenciados y estratégicos dentro de la estructura criminal, actuando de manera organizada, permanente y con reparto de funciones, lo que incrementa la gravedad de los hechos atribuidos.

Durante la audiencia, el juzgado concluyó que existen indicios suficientes para sostener una sospecha grave sobre la participación de los investigados. Entre los principales elementos probatorios valorados figuran testimonios de aspirantes a colaboradores eficaces, declaraciones de testigos protegidos, registros de comunicaciones telefónicas, análisis de información tecnológica, videos de cámaras de seguridad y verificaciones en distintos puntos de la región, que en conjunto permitirían inferir la existencia de una organización criminal con capacidad operativa y logística.
El caso de William Ruiz Flores
Respecto a William Ruiz Flores, el juez destacó que los elementos de convicción lo señalan como presunto instigador del sicariato del empresario Jorge D’Ambrosio. Dos aspirantes a colaboradores eficaces relataron, de forma independiente y coincidente, que Ruiz Flores habría contratado a los autores materiales del crimen, conocidos como “Chato Silver” y “Shantolin”, por montos que oscilarían entre 40 mil y 50 mil soles.
Estos testimonios fueron considerados relevantes por su coherencia interna y su concordancia con otros medios de prueba. Asimismo, se valoraron registros de llamadas telefónicas de los años 2022 y 2023, que evidenciarían una relación sostenida entre Ruiz Flores y los presuntos sicarios, incluso después del homicidio.
Según la tesis fiscal, dichas comunicaciones estarían vinculadas a presuntos actos de extorsión mutua. A ello se suma la existencia de un móvil económico, sustentado en documentación que acredita una disputa por el control de la empresa “Security Wiki Generales SAC”, así como la desaparición de libros de actas de la compañía horas antes del crimen, lo que reforzaría la hipótesis de planificación previa.

El rol atribuido a Tylza Vallejos Soplin
En el caso de Tylza Vallejos Soplin, alias “La Patrona”, la resolución judicial la identifica como una figura central en la logística y planificación de diversos hechos delictivos. Se le atribuye un rol de apoyo operativo y coordinación estratégica dentro de la organización criminal.
Entre los principales elementos probatorios se encuentran videos de seguridad del hospedaje “El Diamante”, correspondientes al denominado Hecho 06, en los que se observa a Vallejos Soplin verificando la habitación de una víctima antes de la ejecución de un robo.
Además, las interceptaciones telefónicas revelan comunicaciones frecuentes con el presunto líder de la organización, conocido como “Calicho”, utilizando lenguaje en clave y referencias a “trabajos” similares a robos ocurridos en otros establecimientos, como el Hotel JP.
Testimonios de colaboradores eficaces también la ubican evacuando a los asaltantes y ocultando motocicletas tras el robo con subsecuente muerte del cambista Laynes. El juzgado valoró especialmente que su local comercial, la licorería “La Patrona”, habría sido utilizado como base de operaciones para contar y repartir el botín obtenido en distintos robos.
Jarby Leyder Bautista Portocarrero y el presunto blindaje estatal
En cuanto a Jarby Leyder Bautista Portocarrero, alias “Alfa Bautista” y exjefe del Grupo Terna, el juez consideró especialmente grave la imputación de haber brindado un presunto “blindaje estatal” a la organización criminal.
Según la Fiscalía, Bautista Portocarrero habría utilizado su posición dentro de la Policía Nacional para encubrir operativos ilegales vinculados al tráfico ilícito de drogas. Uno de los principales argumentos es la ausencia de registros oficiales en el sistema SIRDIC sobre supuestas intervenciones policiales en zonas como Shumanza, La Pedrera y Las Palmeras, donde se habrían incautado grandes cantidades de droga.
A ello se suman registros de llamadas telefónicas que evidencian una frecuencia inusual de comunicaciones con miembros de la cúpula criminal, lo que, según el Ministerio Público, no se condice con actividades estrictamente laborales y refuerza la sospecha de coordinación ilícita.
Carlos Príncipe Gutiérrez y su participación operativa
Carlos Príncipe Gutiérrez, alias “Parcero”, fue señalado como uno de los integrantes activos de una facción policial presuntamente dedicada al tráfico ilícito de drogas. Entre las pruebas más relevantes figura un acta de recorrido que constató que la chacra de sus padres, en Uchiza, habría sido utilizada como caleta para ocultar aproximadamente 50 kilogramos de droga, presuntamente arrebatada en la zona de Shumanza.
Asimismo, aspirantes a colaboradores eficaces y testigos protegidos lo ubican participando en intervenciones ilegales en La Pedrera y Las Palmeras, portando fusiles AKM y chalecos con distintivos policiales. También fue identificado como uno de los sujetos que, haciéndose pasar por autoridad, habría participado en un asalto a un empresario en el distrito de Barranquita, calificado como robo agravado.

Gabriel Panduro Silva y la logística criminal
El juzgado evaluó también la situación de Gabriel Panduro Silva, alias “Pichico” o “Sombra”, a quien se le atribuye un rol clave en la logística de armamento y en actividades vinculadas al tráfico ilícito de drogas.
Testimonios recogidos durante la investigación lo señalan como el nexo encargado de obtener fusiles AKM y chalecos antibalas desde la comisaría de Chazuta para proveerlos a la organización criminal. Otro elemento relevante es su vinculación con el local denominado “Bosque Mágico”, que habría funcionado como centro de procesamiento de droga, transformándola en clorhidrato de cocaína.
Genix Pedrin Pizango Lancha y el rol de vigilancia
En el caso de Genix Pedrin Pizango Lancha, alias “Chino Pizango”, efectivo del Grupo Terna, se le imputa haber cumplido funciones de contención y vigilancia durante operativos ilegales ejecutados por la organización criminal.
Los análisis técnicos de comunicaciones lo ubican manteniendo una comunicación constante con el presunto líder “Calicho” y con el logístico de la red, conocido como “Negro Gamonal”. Asimismo, se acreditaron vínculos telefónicos con civiles identificados como delincuentes comunes, lo que, según el juzgado, resulta incompatible con los deberes de legalidad de la función policial.
Comparecencia restringida para otros investigados
En contraste, el juez declaró infundado el pedido de prisión preventiva contra Robert Jarry Rengifo Yupe, alias “Rengifo”, y Lenin Cachay Quevedo, alias “Ingeniero”, disponiendo para ambos la medida de comparecencia restringida.

En el caso de Rengifo Yupe, el magistrado señaló que las pruebas por el delito de extorsión resultan insuficientes en esta etapa procesal, destacando la ausencia de una denuncia formal y de la declaración directa de la presunta víctima.
Respecto a Lenin Cachay Quevedo, la decisión se basó en contradicciones entre la tesis fiscal y la evidencia documental, como los registros de SUNARP y SUCAMEC, que desvirtuaron su presunta participación en los hechos investigados.
Reglas de conducta y suspensión de derechos
Para ambos investigados, el juzgado impuso reglas de conducta por 36 meses, entre ellas impedimento de salida del país, control domiciliario, presentación periódica ante la Fiscalía y la prohibición de comunicarse con otros involucrados en el proceso.
Adicionalmente, se dispuso la suspensión preventiva de los derechos policiales de Robert Jarry Rengifo Yupe por el mismo plazo, al considerarse el riesgo de obstaculización de la investigación.
Con estas decisiones, el Poder Judicial busca garantizar la continuidad de una investigación compleja y de alto impacto, que involucra a múltiples personas y pone nuevamente en debate la infiltración del crimen organizado en estructuras institucionales de la provincia de Huallaga.
Por: Hugo Anteparra



