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miércoles, febrero 12, 2025
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Entrada en vigencia de la nueva ley de Contrataciones públicas

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El Estado Peruano inyecta cincuenta millones cada año en la economía nacional, la misma que se ejecuta siguiendo los lineamientos de la contratación pública. (10% del PBI).

En su ejecución se presenta un sin número de situaciones, siendo las más resaltantes la paralización de obras, falta de liquidación de las mismas, los famosos y controvertidos “diezmos”,empresas que a pesar de incumplir un trato con el estado siguen participando en otros procesos, arbitrajes con notorios favorecimientos (el 50% de procesos arbitrales los pierde el Estado), etc, etc.

Es decir existe un consenso en que es necesario un instrumento normativo más eficiente y que a la vez permita un control más adecuado; en otras palabras, un herramienta que permita al político estar en la capacidad de responder rápidamente a los compromiso adquiridos democráticamente.

En base a ello, y siguiendo legislaciones distintas a nivel internacional, como la normativa de la Comunidad Europea, la chilena,la brasilera, la estadounidense, así como normas de organismos internacionales como las de CNUDMI, Banco Mundial, Organización Mundial de Comercio, entre otras, que guarde mayor coherencia con lo que empieza a llamarse como Derecho Internacional de la Contratación Pública, el 11 de julio pasado se aprobó la Ley de Contrataciones del Estado N° 30225 (la Nueva Ley), cuya vigencia se dará a partir de los treinta (30) días calendario contados desde la publicación de su reglamento. Así, el sábado pasado 04 de julio se publicó el proyecto de Reglamento (que puede apreciarse en la web del MEF), y según se tiene entendido la nueva Ley entraría en vigencia el 1 de octubre próximo.

Entre los propósitos y novedades de la Nueva Ley se tiene:

1. Maximiza el valor de los recursos públicos, donde la contratación de bienes, servicios y obra tiene un enfoque de gestión por resultados

2. Prioriza la calidad y otorga mayor discrecionalidad al operador logístico

3. El Plan Anual de Contratación se encuentra vinculado al Plan Operativo Institucional y hay mayor diversidad en las alternativas de selección, contratación y solución de controversias.

4. la creación de la Comisión Multisectorial de Investigación de Contrataciones del Estado, integrado por el MEF,OSCE, Indecopi y la Dirección de la PNP, cuya misión será detectar y denunciar el fraude, la colusión y corrupción en las contrataciones del Estado; entre otros aspectos novedosos de la Ley.

5. El arbitraje como medio idóneo en la solución de controversias.
En suma,lo que se pretende con esta herramienta legal, es garantizar el deber de transparencia en la disposición de fondos públicos, así como lograr transacciones eficientes.

ASUMIENDO, que esta nueva ley presenta cambios sustanciales en los procesos es imperativo que la Cámara de Comercio de San Martín, empiece a capacitar al empresariado que de una u otra hace negocios con el Estado, a fin de facilitar con el conocimiento sus actividades

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