Elidelgio Mori Trigozo, exprocurador regional de San Martín, fue declarado reo contumaz por el Poder Judicial al no presentarse a una audiencia judicial por una querella de difamación, realizada el pasado 10 de abril en la ciudad de Moyobamba.
El exfuncionario alegó que no fue notificado correctamente, ya que, según sus declaraciones, la citación no llegó a su domicilio real, sino a su centro laboral. “En la RENIEC está mi dirección, por lo que pueden notificarme físicamente, pero no lo hicieron. Aun así, realizaron una audiencia pública en Moyobamba en presencia de la asesora del GORESAM, que solo sirve para darle agüita y gaseosa al gobernador”, declaró Mori Trigozo.
Asimismo, informó que solicitó la nulidad de dicha audiencia, recurso que fue rechazado por el juez del caso.
Respecto a la querella en su contra, el exprocurador argumentó que no existen indicios de difamación, ya que la denunciante es funcionaria pública y, por tanto, está sujeta al escrutinio y control ciudadano, representado en este caso por el Procurador Público Regional.
Procedería orden de captura
Según expertos legales consultados, las declaraciones del exprocurador no serían del todo válidas, ya que la notificación judicial también puede realizarse en el centro de trabajo, lo cual se habría hecho en repetidas ocasiones. En ese sentido, procedería la emisión de una orden de captura, con el fin de garantizar que el querellado sea presentado ante la justicia.
Además, podría enfrentar sanciones adicionales, como multas, restricciones de derechos, y el proceso continuará en su ausencia.
La condición de reo contumaz puede afectar seriamente la estrategia legal del acusado y conducir a una sentencia desfavorable. Por ello, es fundamental que el imputado se presente ante el tribunal para ejercer su defensa y responder a las acusaciones en su contra.