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viernes, diciembre 13, 2024
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Falta rendir cuentas por gastos de aniversario de Tarapoto

A FUNCIONARIOS MUNICIPALES

POLÉMICO FUE MISS TARAPOTO. Polémico los gastos que no rinden
POLÉMICO FUE MISS TARAPOTO. Polémico los gastos que no rinden

Esther Chávez García

La municipalidad Provincial de San Martín a través del jefe de la oficina de Secretaría General, Abog. Wilson Javier Pérez Guevara, dio a conocer que no cuenta con información sobre los gastos efectuados por funcionarios, a quienes la entidad, les encargó dinero en efectivo para las diferentes actividades realizadas con motivo de celebrarse el 234 Aniversario de Fundación Española de la ciudad de Tarapoto. No obstante ya han transcurrido más de dos meses desde la celebración del último aniversario de la ciudad de Tarapoto, al parecer los funcionarios estarían incumpliendo el plazo dado para su respectiva rendición de cuentas.

El gerente de Administración y Finanzas Juan Coronado Quintero, también da a conocer al Secretario General de la MPSM, que con Nota de coordinación N° 2618-2016-GAF/MPSM, comunicó a la Presidencia de la Comisión Especial del 234 aniversario de la ciudad de Tarapoto, Víctor Manuel Nieves, a efectos de presentar todas las rendiciones de los gastos efectuados en el Aniversario de Tarapoto.

Además el Jefe de logística Elvis Ruiz Gonzales, también envió una nota de coordinación al Presidente de la Comisión del 234 Aniversario de la ciudad de Tarapoto, Víctor Manuel Nieves Pinchi, el 14 de octubre del 2016 a fin que acelere la rendición de cuentas. Sin embargo hasta ahora no hay rendición de cuentas, de parte de los funcionarios encargados.

Sobre la rendición de cuentas, no obstante el artículo 194 de la Constitución política del Perú y la ley Orgánica de Municipalidades señala que el nivel de gobierno local goza de autonomía, política, económica, y administrativa en asuntos de su competencia. Sin embargo la Ley N° 28693 Ley General del Sistema Nacional de Tesorería y la Ley 30372 Ley del Presupuesto Público para el año 2016, establece los lineamientos para otorgar recursos por “encargo interno”, en su Capitulo X y en lo que se refiere a la rendición del dinero “por encargo, “establece que el encargado del manejo de fondos elaborará y presentará ante la Unidad de Contabilidad la rendición de cuentas debidamente documentada de los gastos efectuados dentro del plazo máximo de tres días hábiles después de concluida la actividad, materia del encargo”.

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