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jueves, diciembre 12, 2024
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Fundamentos para la exclusión de Keiko

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Dice la norma: “están prohibidas de efectuar la entrega, promesa u ofrecimiento de dinero, regalos, dádivas u otros obsequios de naturaleza económica, de manera directa o a través de terceros, salvo aquellos que constituyan propaganda electoral…”.

Dice el sustento de la solicitud de exclusión: Punto I, referido a las CONCLUSIONES: “Se acredita indubitablemente que la candidata Keiko Fujimori, participó en la actividad del 14 de febrero del 2016 donde se entregó premios, con la asistencia de personas que portaban polos y gorras con el símbolo oficial de Fuerza Popular y del denominado Factor K.

La defensa de Keiko: Se sustenta en que el evento fue organizado por Factor K, una organización independiente y diferente al Partido Fuerza Popular, y como segundo argumento han dicho que gracias a la virgen Keiko no tocó el sobre con dinero.

Análisis: En primer lugar, el espíritu de la Ley está orientada a que en los procesos electoral se respete inescrupulosamente principios elementales como la equidad, igualdad y competitividad. Este fue el fundamento de fondo que invocó el JNE para excluir a César Acuña, a pesar que este invocó razones humanitarias, para el Jurado se trató de dádivas con el objetivo de influenciar en la voluntad de los beneficiados.

Respecto al primero punto de la defensa de Keiko, referido al denominado Factor K, tenemos que decir lo siguiente, primero que se tiene como antecedente el caso del MOVADEF, que el Jurado impidió su inscripción basado que había indicios que era un organismo generado por Sendero Luminoso, pues reivindicaban el denominado ‘pensamiento gonzalo’. Todos los indicios indican que Factor K, es un organismo generado del fujimorismo, que reivindica su legado, y, es más, utilizan el mismo símbolo de Fuerza Popular, y si uno revisa sus cuentas en las redes tenemos que el único y fundamental objetivo de Factor K es hacer campaña para Keiko, son en realidad su comando de juventudes y promotora de eventos.

Respecto al segundo argumento “ella no tocó un sobre con dinero”, se tiene que el conjunto de acciones de la candidata y el Factor K, tiene un mismo objetivo, hacer campaña y conquistar votos; Factor K nunca invitó a otros candidatos para la entrega de premios, por tanto, aquí hay unidad entre acción y expresión, entre voluntad y finalidad, los dos apuntan a lo mismo, Factor K lo generaron para la campaña y concluirá con la campaña. De eso no hay ninguna duda.

El periodista Federico Salazar ha publicado al respecto el siguiente ejemplo: “Si yo le doy a mi compañero una medalla para que, a su vez, la entregue a otro, es obvio que yo envié la medalla. Soy el autor del inicio de la acción y mi compañero es solo un medio para hacer llegar mi medalla”. Así que no hay que dejarse sorprender sólo con las formas, hay que adéntranos al fondo, donde se generó Factor K y Fuerza Popular y cuál es su finalidad, la respuesta nos lleva, en los dos casos al fujimorismo, su finalidad mutua es obvio, ganar las elecciones.

Volviendo a la norma: “están prohibidas de efectuar la entrega, promesa u ofrecimiento de dinero, regalos, dádivas u otros obsequios de naturaleza económica, de manera directa o a través de terceros, salvo aquellos que constituyan propaganda electoral…”. Nótese, por un lado, la prohibición de promesa u ofrecimientos y lo referido a terceras personas, con esto queda sin piso eso que gracias a la virgen Keiko no toco lo que contenía los sobres con dinero.

Finalmente, hay que tener en cuenta el principio jurídico que indica “A igual razón igual derecho”, por lo que en una situación de hecho similar se debe de aplicar la misma norma sustantiva. Así ha quedado establecido en el fundamento 4 de la Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente 1279-2002-AA/TC indica: “Basta que existan suficientes elementos comunes como para considerar que los supuestos de hecho enjuiciados son jurídicamente iguales y que, por tanto, debieron merecer una misma aplicación de la norma”.

Si aspiramos a fortalecer nuestro Estado de Derecho los ciudadanos debemos estar atentos a que se respete la Ley, si no lo hacen, no salgan con tildar de terroristas a los que con fundada razón se vuelquen a las calles.

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