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miércoles, febrero 12, 2025
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Hoy vence plazo para pagar gratificaciones

Moyobamba. El monto de la gratificación por Navidad para los trabajadores sujetos a regímenes especiales laborales depende de la actividad que realicen, así refirió el abogado Adler Oliva Chicana.

En el caso de los trabajadores del hogar el beneficio equivale al 50% de su remuneración mensual. En cambio, para quienes laboren en el sector agrario el monto del beneficio está comprendido en la remuneración mínima diaria; mientras que para los trabajadores de las pequeñas empresas la citada gratificación consiste en media remuneración, agregó.

Caso aparte es de los trabajadores de las microempresas, a quienes no se les aplica el beneficio. Al margen de esos casos especiales, Oliva precisó que todos los trabajadores contratados a tiempo indefinido, plazo fijo o tiempo parcial tienen derecho a percibir la mencionada gratificación, siempre y cuando hayan laborado por lo menos un mes.

Para calcular el monto debe determinarse a cuánto ascendió la remuneración computable del trabajador al 30 de noviembre.

Por tanto, la gratificación por Navidad equivale a una remuneración íntegra si el trabajador laboró todo el último semestre y se reduce proporcionalmente en su monto si el tiempo de servicios fue menor, en cuyo caso debe considerarse para su cálculo los meses y días trabajados en el semestre, detalló.

No obstante, sostuvo que se considera excepcionalmente como tiempo efectivamente laborado para el cálculo del beneficio el descanso vacacional, los descansos por accidente de trabajo remunerado o subsidiado, entre otros supuestos de suspensión de la relación laboral.

Además, descartó la posibilidad que el empleador efectúe descuento alguno a la gratificación, salvo que se trate del impuesto a la renta o exista un mandato judicial o autorización escrita del trabajador. (Alfonso Delgado G.)

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