Serán 60 senadores y 130 diputados distribuidos entre las 27 circunscripciones electorales
El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) estableció el número de escaños en el Congreso de la República que corresponderá a cada uno de los 27 distritos electorales del país, conformados por los 24 departamentos, Lima Provincias, la Provincia Constitucional del Callao y Peruanos Residentes en el Extranjero, en el contexto de las Elecciones Generales 2026 (EG 2026).
De acuerdo con la Ley N.º 31988, Ley de Reforma Constitucional que restablece la bicameralidad en el Congreso de la República del Perú, el Legislativo estará conformado por 60 representantes para el Senado y 130 para la Cámara de Diputados. En dicho contexto, corresponde al JNE fijar la distribución de escaños para el proceso de EG 2026, de conformidad con el artículo 21 de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE) modificado por la Ley N° 32245.
En función de lo mencionado, mediante Resolución N° 053-2025-JNE, el supremo tribunal electoral, tratándose del Senado, establece una primera distribución de 30 escaños para una elección por distrito electoral múltiple: se otorga 1 escaño a cada circunscripción, con excepción de Lima Metropolitana, a la que se le asignan directamente 4 escaños, pues así lo dispone el referido artículo 21 de la LOE recientemente modificado.
Respecto de los otros 30 escaños del Senado, se precisa, que su elección sería en distrito electoral único nacional, con el voto de los electores que forman parte del padrón electoral del país.
En cuanto a los escaños de la Cámara de Diputados, siguiendo lo señalado por el artículo 21 de la LOE, se hace una primera distribución de 28 escaños: se otorga 1 escaño a cada circunscripción, con excepción de la circunscripción de Peruanos Residentes en el Extranjero, a la que se le asignan directamente 2 escaños.
Los otros 102 escaños de la Cámara de Diputados, indica la resolución, que se distribuyen de manera proporcional al número de electores de las otras 26 circunscripciones.
Se precisa que, para los cálculos de la asignación proporcional de escaños entre las circunscripciones electorales, se ha tomado como base la última actualización del padrón alcanzada por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), de conformidad con el artículo 204 de la LOE, que dispone su remisión trimestral.
Establecen la distribución de los 60 escaños para la elección de candidatos al Senado en las Elecciones Generales 2026