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domingo, abril 20, 2025
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Oficializan cambios en reglamento que permite obtener información financiera de cuentas bancarias

El Gobierno hizo oficial las modificaciones en el reglamento que indica la información financiera que las entidades deben entregar a la Sunat.

Los cambios permitirán que la Sunat ya no accederá a cuentas con saldos de S/10,000, sino a aquellas que tengan desde 7 UIT, equivalentes a S/30,800, tal y como la adelantó el ministro de Economía, Waldo Mendoza.

En caso un contribuyente tenga más de una cuenta en las entidades financieras (bancos, cajas, financieras) entonces se le deberá brindar a la Sunat la información de todas si estas acumulan un monto igual o mayor a S/30,800.

Las empresas financieras deberán hacer la entrega de la información de manera semestral, es decir, dos veces al año, y el periodo a informar es mensual.

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) precisa que la información que sea obtenida por la Sunar será tratada bajo las reglas de confidencialidad y de seguridad informática “exigidas por los estándares y recomendaciones internacionales referidos al intercambio automático de información financiera emitidos por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE)”.

¿Cuál es la información que se entregará a la Sunat?
Las empresas del sistema financiero deberán brindar esta información a la Sunat de manera semestral:

1. Identificación del titular o titulares:
Si se trata de una persona natural: Nombre, tipo y número de documento de identidad, número de RUC o NIT de contar con dicha información y domicilio registrado.
Si es una empresa: Denominación o razón social, número de RUC o el NIT de contar con esta información, domicilio registrado y, de corresponder, el lugar de constitución o establecimiento.

2. Datos de la cuenta:
Tipo de depósito, número de cuenta, Código de Cuenta Interbancario (CCI), así como la moneda (nacional o extranjera). Adicionalmente, se debe informar la clase de titularidad de la cuenta (individual o mancomunada).
El saldo y/o montos acumulados, promedios o montos más altos y los rendimientos generados en la cuenta durante el período que se informa.

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