Pastillas para no dormir
Por: Alonso Ocampo
El siguiente es un artículo muy particular, es más de repente no podría incluirse dentro del concepto periodístico que habitualmente tiene, sin embargo considero que constituiría un aporte a la Municipalidad Provincial de Moyobamba que tiene Ordenanzas muy bien elaboradas, con sustento técnico y legal sólido, pero que sin embargo no sirven para nada ya que no las aplican, consecuentemente pienso que es mejor promover su derogatoria. Recibiré con mucho agrado las sugerencias de aquellos los lectores que quieran enriquecer este proyecto, agradeceré además sean enviadas al correo electrónico que figura en la parte superior del artículo.
PROYECTO DE DEROGATORIA:
El que suscribe en uso de mi derecho de participar en los asuntos públicos de nuestra localidad, presenta el siguiente Proyecto de Ordenanza que propone la derogatoria de las Ordenanzas N° 211-2011-MPM y 216-2011-MPM (*)
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
El actual Concejo Municipal promulgó la Ordenanza N° 211-2011-MPM que “Norma el uso de las áreas denominadas Zonas Públicas de la Ciudad de Moyobamba” así como también la Ordenanza N° 216-2011-MPM que “Aprueba el Reglamento de Servicio de Transporte Público Especial de Carga y Pasajeros en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en la Provincia de Moyobamba”, sin embargo ambas ordenanzas no se cumplen por falta de voluntad política para hacerlas prevalecer quedando así seriamente afectada el principio de la autoridad local. Esta inacción colisiona con lo prescrito en la Ley Orgánica de Municipalidades que en su Artículo 20 Numeral 19 señala que “son atribuciones del alcalde cumplir y hacer cumplir las disposiciones municipales con el auxilio del Serenazgo y la Policía Nacional”.
La degradación urbana originada entre otras razones, por el incontrolable comercio ambulatorio y el caótico tránsito, han colocado a Moyobamba en una situación que avergüenza su linaje y su tradición lo cual además desmerece su condición de ciudad capital del departamento de San Martín.
Provincias hermanas como Mariscal Cáceres y Lamas, han dictado ordenanzas referidas al ordenamiento de sus ciudades y sus autoridades locales vienen haciéndolas cumplir con la investidura legal y social que les otorgó el pueblo en urnas, lamentablemente ambos ejemplos no han sido imitados por la Municipalidad Provincial de Moyobamba.
Las Ordenanzas no sirven de nada si no se cumplen, no está demás señalar que si es grave su incumplimiento por parte de los destinatarios de la norma, más grave y pernicioso es que este incumplimiento provenga de la misma autoridad -la Municipalidad Provincial de Moyobamba- por probables intereses personales y políticos del titular del pliego o por simple e inexcusable incompetencia de los funcionarios ediles.
ANÁLISIS COSTO BENEFICIO:
En lo relativo al aspecto económico la aprobación de la presente propuesta no genera gastos económicos al Municipio. En cuanto al beneficio, evitaríamos el desprestigio de la comuna moyobambina por cuanto la población critica razonadamente que las precitadas Ordenanzas Municipales, destinadas al ordenamiento de la ciudad y que fueron dictadas en la presente administración, no se cumplan por la autoridad.
TEXTO DEL PROYECTO:
Artículo Único.- Deróguense las Ordenanzas N° 211-2011-MPM y 216-2011-MPM dictadas en el presente periodo municipal.
Moyobamba, 07 de marzo de 2013.
(*) Este proyecto de derogatoria podría ser empleado incluso para ordenanzas dictadas en anteriores periodos municipales.