«Para derogar algo, primero debe existir publicación, calma, el suelo está parejo»

Ordenanza 22-2025-MPSM será derogada tras su publicación formal.

Ante la publicación de la Ordenanza Municipal 022-2025 – MPSM, relacionada al Proyecto Planalongos en el lago Ricuricocha, las alarmas se encendieron ayer en Tarapoto. Ante la circulación de información de diversas fuentes y actores y al no conocer información alguna de la Municipalidad Provincial de San Martín, VOCES dialogó con el Gerente Municipal, abogado William Ríos Trigoso, quien de arranque nos dijo. “calma, el suelo está parejo, la publicación se hizo sólo para cumplir la formalidad” a lo que agregó: “La decisión de la mayoría de los regidores de rectificar y hacer una nueva votación, se hará, primero tenía que publicarse el acuerdo anterior”, dijo el gerente.

En medio del debate suscitado por la reciente publicación de una ordenanza municipal relacionada con la zonificación rural, autoridades locales han aclarado que la publicación fue un paso necesario y estrictamente formal para que posteriormente pueda ser derogada conforme al procedimiento legal vigente.

“Para poderme divorciar, tengo que estar casado. Para yo morir, tengo que estar vivo. Tiene que publicarse esa ordenanza. Si no, ¿qué vamos a derogar?”, expresó el abogado consultado, explicando que la ordenanza debía ser publicada para luego ser anulada en una próxima sesión del concejo.

Según explicó, la publicación no constituye una puesta en marcha de la medida, sino un requisito técnico que permite que el Concejo Municipal, en su próxima sesión del 15, proceda a su derogación mediante un nuevo acuerdo de igual jerarquía normativa.

William Ríos

El proceso se vio retrasado por la falta de edición del diario judicial regional la semana anterior, lo que impidió cumplir con el trámite de publicación en su debido momento. Pese a ello, una vez subsanado ese aspecto, la ordenanza se publicó para cerrar el protocolo legal y dar pie a su evaluación y eventual anulación.

No existe la figura de reformulación del acuerdo. Lo que corresponde es su derogación con otro de su mismo nivel”, explicó el abogado, quien también recordó que los actos normativos recién adquieren validez al día siguiente de su publicación oficial.

Respecto a los cuestionamientos surgidos tras la publicación, se precisó que cualquier solicitud o requerimiento administrativo en base a la ordenanza puede ser respondido dentro del plazo de 30 días hábiles, tal como lo establece la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Finalmente, el abogado aseguró que la mayoría de regidores está a favor de derogar la ordenanza: “Con decirte de 10, es 11”, indicó, enfatizando el amplio consenso alcanzado para revertir esta disposición, impulsada por intereses particulares relacionados a la clasificación de un predio rural.

“Todo va en vías de su derogación. No hay por qué hacer ruido, esto sigue su curso legal”, concluyó.

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