La jueza María de los Ángeles Álvarez Camacho declaró infundado el pedido fiscal de 18 meses de prisión preventiva contra el expresidente Martín Vizcarra en el caso Club de la Construcción y le impuso comparecencia con restricciones.
Entre las restricciones, mencionó que se prohíbe ventilar al exmandatario información en medios de comunicación sobre la investigación fiscal y el proceso penal. Respecto a la caución, por la condición económica de Vizcarra, la fijó en 100 mil nuevos soles que deberá cancelar en el término de diez días hábiles.
Álvarez determinó que no hay peligro de fuga, dado que no se pudo acreditar dicha posibilidad y al haber arraigo laboral del expresidente.
La magistrada rechazó que los viajes al extranjero del también candidato parlamentario se puedan considerar un sustento de fuga y consideró que es una “especulación” el argumento fiscal de que Vizcarra solicite un asilo político.
Ella había considerado que existen graves y fundados elementos de convicción sobre los presuntos hechos delictivos de colusión agravada y cohecho que se atribuyen a Vizcarra. Añadió que la Fiscalía no sustentó mínimamente el delito por supuestamente integrar una organización criminal.