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jueves, diciembre 5, 2024
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RAZONES PARA UNA ASAMBLEA CONSTITUYENTE Y UNA NUEVA CONSTITUCIÓN

Todo país progresista y en pleno desarrollo tiene un documento jurídico llamado Constitución que debe ser el sentir, la descripción social, económica y política de las necesidades de los ciudadanos, que no solo los describa como tales, sino los ampare y vele por cada uno de los habitantes del país.  

Las huestes fujimoristas que escribieron la Constitución del 93 son especialistas describiendo al Perú en la forma: “Que la República del Perú es democrática, social, independiente y soberana” (Art 43).  

¿Cuál es el beneficio de fondo, de contenido de que somos un país democrático, social, independiente, sobre todo soberano? No hay ningún beneficio para las grandes mayorías; es democrático solamente para convocar periódicamente a elecciones, aquí los únicos beneficiados son los que viven de la política como su gran negocio.  

Todo país es social, aún las tribus y dictaduras; independiente, jamás lo somos, toda vez que en el ejecutivo y en el legislativo se dan las peores dependencias a los grandes satélites de poder.  

Los que escribieron la Constitución fujimorista eran conscientes que la desigualdad económica es la madre de todo conflicto y protesta social, en consecuencia, hay un espíritu de hipocresía en el Art. 61, donde no solo lo mencionan al Estado como el ente facilitador a favor de la competencia del libre mercado, sino que indican su vigilancia y combate contra todas las posiciones dominantes y monopólicas. Para este artículo, ninguna ley ni concertación puede autorizar ni establecer monopolios. Lamentablemente la realidad que vivimos es lo contrario al espíritu semántico de lo que dice este artículo.  

A consecuencia de esto, el origen de la hipocresía de esta Constitución fujimorista es el Art. 58, cuando dice que la iniciativa privada es libre y que esto se ejerce en una economía social de mercado.  

Los grifos, los grandes super mercados, las grandes super farmacias, los grandes super medios de comunicación, los grandes super estudios jurídicos, todos estos acaparan clientes a mil por uno; suben los precios cuando hay ola de protestas sociales y nunca lo bajan el precio o costo a lo justo cuando las demandas sociales vuelven a su cauce normal.  

El Art. 54, hace mención del suelo y subsuelo. Esto fue un gran argumento de Ollanta en su campaña. Tan certero y con cierta convicción lo decía a multitudes, que todos los peruanos somos dueños aún de la probable riqueza que existe en nuestra casa, en el subsuelo y que no nos damos cuenta.  

Estando en el poder, esta filosofía de riqueza y pertenencia se orientaba ya no para los miles de ciudadanos que le dieron su voto, sino empezaba a facilitar su exploración y explotación a las grandes transnacionales que hasta hoy siguen llevándose la riqueza peruana del subsuelo, y que este supuesto libre mercado de grandes competencias viene lógicamente desde todos los gobiernos anteriores.  

Además, el Art. 19 de esta nefasta Constitución, mezcla a las Universidades públicas con el resto de universidades privadas y centros superiores, donde les atribuyen el beneficio de inafectación de todo impuesto directo e indirecto que afecte sus bienes. Aquí solamente las universidades públicas no solo deben gozar de este beneficio, sino también de su implementación cultural y tecnológica.  

Así como todos los negocios pequeños y todos los ciudadanos tenemos la obligación de pagar impuestos, con más razón los centros superiores de enseñanza particulares, donde la razón y el núcleo central son los estudiantes que pagan mensualidades y otros gastos adicionales enormes.  

A LOS CIUDADANOS LES CORRESPONDE CAMBIAR LA CONSTITUCIÓN  

El proyecto de Ley del Ejecutivo para que se formalicen las acciones a la instalación de una asamblea constituyente, previa aprobación del Congreso, es facultad del jefe de Estado, cuando dice en el último párrafo del Art. 206, que la iniciativa de reforma constitucional le corresponde al presidente de la República, además en este párrafo menciona la intervención de los ciudadanos que muy oportunamente debería agregarse una cédula en las elecciones municipales y regionales del 2 de octubre, si está de acuerdo o no por la instalación de una asamblea constituyente, que debe encargarse de redactar una nueva Constitución.  

Al mismo tiempo es imperativo la participación de los ciudadanos, el Art. 32 le faculta en este caso, consultar al ciudadano sobre la reforma total o parcial de la Constitución.  

Mencionar que somos soberanos, es una palabra muerta, porque si esto fuera cierto, todos los ciudadanos viviéramos libres de toda ansiedad y preocupación económica.  

Y esto, el Perú no lo tiene, porque la que tenemos, siendo una carta constitucional que fue redactada por la élite política del fujimorismo y la derecha y ultraderecha acomodada, escribieron esa fanfarria jurídica a la medida de todos los grandes empresarios y banqueros millonarios, dejando como última realidad el sentir y necesidades de los pueblos.  

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