Retiro de AFP: Poder Judicial puede embargar hasta S/ 6,420 por pensión de alimentos

Los montos obtenidos con el octavo retiro de fondos de las AFP pueden ser embargados o retenidos en caso de deudas por pensión de alimentos, según lo establecido en la norma que autoriza dicha disposición.

En estos casos, el Poder Judicial puede ordenar que hasta el 30% del monto retirado se destine al pago de la obligación pendiente. Considerando que cada aportante puede retirar hasta S/ 21,400 (equivalente a cuatro UIT), el embargo podría alcanzar hasta S/ 6,420.

Sin embargo, este descuento no es automático y solo procede a pedido de la parte demandante mediante una orden judicial.

El juez César Marroquín Minaya, titular del Primer Juzgado de Paz Letrado, explicó a la agencia Andina que este mecanismo requiere una solicitud expresa de la persona que reclama la pensión para poder activarse.

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