La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) dispuso que los diplomas universitarios ya no consignen la modalidad de estudios —presencial, semipresencial o virtual— con la que se obtuvo un grado académico o título profesional, con el objetivo de garantizar la igualdad ante la ley y evitar cualquier forma de discriminación.
La medida fue oficializada mediante la Resolución Directoral N.° 00001-2026-SUNEDU-DS-DIRGRATU, que modifica el Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos. Con este cambio, se elimina la referencia a la modalidad de estudios tanto en el reverso de los diplomas emitidos por universidades e instituciones de educación superior como en las plataformas de consulta pública, incluido el sistema Sunedu en Línea.
Sunedu precisó que la disposición se sustenta en el derecho fundamental a la educación y en el principio de igualdad y no discriminación reconocidos por la Constitución. Asimismo, recordó que la Ley Universitaria reconoce la equivalencia plena de los grados académicos y títulos profesionales, sin establecer diferencias entre las modalidades de enseñanza autorizadas por el Estado.
La entidad remarcó que la calidad de un grado o título no depende de la modalidad de estudios, sino del cumplimiento de los estándares académicos, las condiciones básicas de calidad y los requisitos exigidos por el sistema universitario. En ese sentido, la medida busca evitar que la información consignada en los registros oficiales genere prácticas discriminatorias, especialmente en procesos de selección laboral o evaluaciones académicas.
Finalmente, la resolución establece un plazo de 60 días hábiles para que las universidades e instituciones de educación superior adecuen sus procedimientos internos, formatos y sistemas administrativos, a fin de cumplir con la nueva disposición en todos los trámites vinculados al registro de grados y títulos.



