Mediante carta notarial, dirigida a Jaime Gomez Valverde, gerente general del Poder Judicial, los trabajadores del Poder Judicial en huelga a nivel nacional solicitan el pago de haberes del mes de abril.
En la misiva indican que con carácter de urgente y en un plazo de 24 horas proceda a pagar las remuneraciones retenidas indebidamente, caso contrario se verá en la vía judicial, amparados en la Constitución Política y en el Código Penal.
El gobierno declaró ilegal la huelga de los trabajadores judiciales, y según la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo. Artículo 77°.- La huelga produce los siguientes efectos:
a) Determina la abstención total de las actividades de los trabajadores en ella comprendidos, con excepción del personal de dirección o de confianza y del personal comprendido en el artículo 78°.
b) Suspende todos los efectos de los contratos individuales de trabajo, inclusive la obligación de abonar la remuneración, sin afectar la subsistencia del vínculo laboral.
Huelga indefinida
Actualmente la huelga de los trabajadores que afecta a litigantes y personas que necesitan realizar trámites, ya va por los 42 días sin que hasta el momento exista una luz para solucionar la huelga indefinida. (Julio Quevedo Bardález)