Los docentes que cuenten con sentencias consentidas o ejecutoriadas por delitos tan graves como feminicidio, secuestro, trata de personas, proxenetismo, entre otros, serán inhabilitados, de por vida, para trabajar en instituciones educativas públicas o privadas, que van desde colegios hasta universidades. Esta medida también se aplica a los trabajadores administrativos del sector.
Así lo establece un decreto de urgencia publicado ayer en El Peruano, el que modifica los alcances de la Ley N° 29988, la que permitió destituir del magisterio, en 2018, a cerca de mil docentes y administrativos que laboraban para el Ministerio de Educación (Minedu) y que habían sido sentenciados por terrorismo, apología del terrorismo, narcotráfico y violencia sexual. Ahora, se han incluido a otros 13 delitos, con lo que la lista roja llega a 17.
En el caso de las instituciones privadas, indicaron que “se notificará a las escuelas particulares sobre los docentes con sentencia y estas deberán proceder con la culminación del contrato”.
Asimismo, se crea el Registro de Personas Condenadas o Procesadas por los delitos ya mencionados.
Esta información será compartida con la Autoridad Nacional de Servicio Civil (Servir) para la inscripción de la inhabilitación en el sector Educación.