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domingo, abril 28, 2024

Peruanos tendrán que demostrar el origen de sus depósitos ante fiscalización de la Sunat

Palmer de la Cruz, intendente nacional de Estrategias y Riesgos de la Sunat, explicó que a partir del 1 de enero del 2021 las entidades del sistema financiero tendrán la obligación de reportar a la Sunat sobre las cuentas de depósitos de sus clientes (ya sea personas naturales o jurídicas) cuyos saldos sean iguales o mayores a S/ 10,000 (o su equivalente en dólares).

“La información que van a reportar los bancos corresponde solo al 7% de los ciudadanos y empresas que tienen algún deposito en el sistema financiero de S/ 10,000 o más. Este 7% -si se acumula- es el 95% del monto total de los saldos existentes en el sistema financiero. Esta información se va a acumular a la información que ya posee la Sunat para poder reducir los niveles de elusión y evasión tributaria”, explicó en diálogo.

A reglón seguido, dijo que este 7% equivale a 250,000 personas jurídicas (empresas) y 1.7 millones de personas, es decir, este es el universo que se verá afectada por esta disposición.

El funcionario -igualmente- aclaró que la información de los depósitos que llegue de los bancos, no implica necesariamente que exista evasión o elusión al fisco.

“Esta (información) simplemente va ser usada como fuente para un cruce de información con las declaraciones. Por ejemplo, si tengo una cuenta de S/ 50,000 por un periodo permanente de tiempo y no tengo ninguna declaración ante la administración tributaria, lo que va hacer la Sunat primero es preguntarle al contribuyente ¿Cuál es la fuente de origen de los S/ 50,000? Si el contribuyente tiene el sustento para acreditar ese fondo se dará por atendida la Sunat”, especificó.

“Pero si no es así, se lo invitará (al dueño de la empresa o de la cuenta) que participe en los procesos de inducción y de orientación para regularizar esa omisión (el no pago de impuestos). Y solo en el caso que se incumpla con el reconocimiento voluntario (para el pago de impuestos) se iniciará un proceso de auditoría”, subrayó de La Cruz.

En esa línea, dijo que los procesos de auditoria solo abarcan al 2% de los contribuyentes que son llamados a regularizar su situación.

“He allí la importancia de que la Sunat tenga un gran volumen de datos (y de información) para prevenir el incumplimiento y alertar al contribuyente, ya que ponerse al día en una fecha posterior puede generar sanciones y multas”.

Igualmente, precisó que los bancos tendrán la obligación de reportar saldos, montos acumulados, promedios, montos más altos y rendimientos.

“Estamos por definir a través de una resolución cuál de los conceptos va a proporcionar los bancos para tener el dato más cercano para orientar a los contribuyentes y en los casos de incumplimiento reiterativos, iniciar proceso de fiscalización”.

El funcionario dijo que la obligación de los bancos antes la Sunat no es nueva ya que en agosto del 2020, las entidades del sistema financiero presentado similar información sobre los ciudadano no domiciliados en el país para intercambiar esta información con otros países, y en esa línea ha recibido información de otros países con el mismo nivel de detalle de cuentas de peruanos en el exterior.

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