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lunes, mayo 6, 2024

Municipalidad de Jepelacio resolvió contrato, pero no pudo recuperar adelanto entregado al contratista

Contraloría evidencia perjuicio de S/ 451 mil en fallida construcción de puente en Moyobamba 

La Contraloría General corroboró que la Municipalidad Distrital de Jepelacio resolvió el contrato para construir un puente carrozable en la localidad de Pacaypite, provincia de Moyobamba, debido a que el consorcio encargado no cumplió con lo establecido, pero no pudo recuperar el adelanto de obra que se le entregó, debido a que funcionarios de dicha entidad admitieron como garantía del anticipo una carta fianza emitida por una entidad financiera no autorizada, ocasionando un perjuicio económico de S/ 451 560.  

De acuerdo con el Informe de Control Específico N°005-2022-2-0469-SCE, el contratista solicitó el adelanto del 10% de la ejecución de la obra, el 22 de enero de 2021, y adjuntó como garantía la carta fianza N°CAD-255-002-2021, emitida por una cooperativa de ahorro y crédito. La entidad aceptó el pedido del consorcio, sin verificar la autenticidad de la carta fianza, y realizó un depósito por el importe de S/ 466 978.  

Tras la revisión de la página web de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), el equipo de control constató que esta entidad financiera no figura en la relación de las cooperativas autorizadas a emitir cartas fianzas para contrataciones con el Estado.   

La entrega del terreno para la ejecución de la obra se realizó en febrero del 2021; pero el 9 de marzo se suspendieron las labores hasta que mejoren las condiciones climatológicas. Se acordó el reinicio de los trabajos a partir del 17 de mayo. Tres días después la entidad constató la inacción del contratista y le otorgó 15 días de plazo para que retome sus obligaciones contractuales.  

Finalmente, el 10 de junio, la entidad corroboró que en el lugar del proyecto no se hallaba la mano de obra calificada y no calificada, ni la maquinaria ni el material a usar, por lo que se concluyó que el proyecto se encontraba inactivo y que solo se ejecutó un 3.30% de avance físico. Ante esta situación se resolvió el contrato, el 23 de junio de 2021, y se solicitó al contratista, mediante carta notarial, la devolución del adelanto de obra.  

Vale indicar que el consorcio solo amortizó la suma de S/ 15 418; por lo que le quedaba por entregar el monto ascendente a S/ 451 560.  

Recién en este momento, la entidad descubrió que la carta fianza no fue emitida por una cooperativa autorizada por la SBS y hasta la fecha no la puede ejecutar, ocasionándose el perjuicio económico ya mencionado. Cabe mencionar que tres funcionarios están comprendidos en este caso y tendrían presunta responsabilidad administrativa y civil.  

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