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domingo, mayo 5, 2024

Procurador Público Regional declara la nulidad de licitación del puente Sauce

Elidelgio Mori: “Que me disculpen los saucinos”

¿Puede el funcionario tomar esas determinaciones?

En una súbita conferencia de prensa el Procurador Público Regional Elidelgio Mori Trigoso, informó que se declara la nulidad de la licitación de la obra de asfaltado de la carretera y construcción del puente Sauce. Los motivos que esgrimió Mori Trigoso, son de que uno de los postores del consorcio ganador estaba impedido para intervenir en este concurso, por estar descalificado. Está suspendido por el Órgano Supervisor de Contrataciones del estado OSCE. Esta empresa no puede contratar con el estado, pero de repente es superable, sostuvo Mori.

Asimismo, dijo que se ha dado la buena pro, sin haber liberado la ruta de los terrenos por donde pasará esta carretera. En un principio, se dijo que eran 76 predios, pero después se mencionó, según Mori Trigoso, que son 218 predios. Sin embargo, se despidió al consultor que estaba haciendo este trabajo.

“Hemos presentado estas graves irregularidades, que conllevan a responsabilidades de carácter penal”, dice el procurador. “Por ello, pido la nulidad total”. Advierte que verá cómo resuelve la unidad ejecutora, “pero ya los estoy diciendo”, hace hincapié.

Este consorcio ganador no puede continuar, se debe corregir todo, hay que reformular el expediente técnico, porque corremos el riesgo de perder los fondos. “Que me disculpe la gente de Sauce, lo estoy haciendo por su bien”, indica Mori Trigoso. “Yo preservo los recursos del Estado, hay posibilidad que no se puedan entregar los terrenos, que se paralice la obra. Pueden pedir ampliaciones, y otros hasta solicitar la nulidad del contrato”. ¿Al ser inquirido, sobre con qué profesionales, se asesoró para hacer esta petición de nulidad?, respondió que no es ningún improvisado. “Estoy asesorado por especialistas en este tema”, respondió escuetamente.

¿Puede un procurador declarar la nulidad de un proceso?

Según las normas legales vigentes, el único que puede declarar la nulidad de un proceso es el titular de la Entidad, antes del perfeccionamiento del contrato. De otro lado, el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado Osce, indica que las entidades tienen la potestad para declarar la nulidad de oficio de un contrato público, de acuerdo a la ley Nº 30225. Según la Procuraduría General de la Nación las funciones de un procurador público son las de agilizar los procedimientos judiciales y, para ello, actúa como intermediario entre el juzgado, el abogado y el cliente: Interpone la demanda, comparece en nombre del cliente, recibe las notificaciones de autos y sentencias, presenta los escritos que prepara el abogado, etc.

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