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domingo, abril 28, 2024

Dina Boluarte promulgó la ley del retorno a la bicameralidad

La norma que establece el retorno de cámaras de Senadores y Diputados en el Parlamento peruano fue suscrita por la presidenta de la República, Dina Boluarte, y el presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén.

El Gobierno promulgó el miércoles 20 de marzo, la ley que reforma la Constitución para el restablecimiento de la bicameralidad en el Perú, disposición que fue aprobada a inicios de marzo de este año por el pleno del Congreso de la República.

De acuerdo con la nueva ley (31988), publicada en el diario oficial El Peruano, el Poder Legislativo del Estado reside en el Congreso de la República, el cual está conformado por el Senado y la Cámara de Diputados.

La ley puntualiza que el Senado está conformado por un número mínimo de 60 senadores, elegidos por un período de cinco años en un proceso electoral y establece que, por lo menos, se elija a un representante por cada circunscripción electoral, mientras que los restantes son elegidos por distrito único electoral nacional.

En tanto, de acuerdo a la norma, «la Cámara de Diputados cuenta con un número mínimo de ciento treinta diputados, elegidos por un período de cinco años mediante un proceso electoral conforme a ley».

Además, la ley indica que la presidencia del Congreso de la República recae de manera alternada sobre los presidentes de cada cámara (…) los senadores y diputados pueden ser reelegidos de manera inmediata en el mismo cargo.

De acuerdo con la Ley 31988, Ley de Reforma Constitucional que restablece la bicameralidad en el Congreso de la República, se modifican varios artículos de la Constitución Política.

La norma legal fue suscrita por la presidenta de la República, Dina Boluarte, y el presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén.

El pasado 6 de marzo, el Pleno del Congreso de la República aprobó en segunda votación el retorno a la bicameralidad con 91 votos a favor, 30 en contra y una abstención. Por tratarse de una reforma constitucional, se requerían dos votaciones con resultado a favor por encima de 87 votos en dos legislaturas diferentes y consecutivas, con el fin de aprobarse sin recurrir a un referéndum. La primera votación ocurrió el 16 de noviembre de 2023, votación que alcanzó 93 votos a favor.

Esta reforma modifica la Constitución peruana y permite que a partir de las próximas elecciones generales se elijan ya no a 130 congresistas como hasta la fecha, sino a 190 parlamentarios que estarán agrupados en dos cámaras, la de senadores con 60 miembros y la de diputados con 130 integrantes.

Si usted quiere ser senador o diputado mire los requisitos: El 2026 se elegirán 60 senadores y 130 diputados

Requisitos para ser diputado

Al ser cámaras distintas con funciones distintas, los requisitos para ser elegido senador o diputado también son distintos.

De acuerdo al artículo 90 de la Constitución, para ser elegido diputado se requiere:

– Ser peruano de nacimiento.

– Tener al menos 25 años al momento de la postulación.

-Gozar del derecho de sufragio.

Es decir, se mantienen los requisitos actuales para ser congresista.

Requisitos para ser senador

No obstante, para estar en el Senado aumenta la valla. Esto se debe, principalmente, a que, en la teoría política, el Senado es la cámara reflexiva, donde se encuentran representantes con experiencia. Es por ello que, en países con sistemas bicamerales como Estados Unidos, los políticos primero ejercen por algunos periodos como diputados y posteriormente postulan al Senado.

Sin embargo, en el caso del Perú, al no haber tenido una Cámara de Diputados desde hace 34 años, lo más similar es haber sido congresista. Es por ello que, en caso de que no se cumpla con la edad mínima requerida para ser senador, se deja una ventana abierta para que todos los que se han desempeñado como congresistas entre 1995 y 2026 puedan postular.

Según el artículo 90, para ser senador se requiere:

-Ser peruano de nacimiento.

-Haber cumplido 45 años al momento de la postulación o haber sido congresista o diputado.

-Y gozar del derecho de sufragio.

Esta ley será aplicada en las siguientes elecciones generales. En ellas, se deberá elegir a 60 senadores y 130 diputados.

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