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sábado, abril 27, 2024

El 29 de febrero vence primer trimestre del pago de impuesto predial

HAY DESCUENTOS PARA QUIENES PAGUEN SUS ARBITRIOS MUNICIPALES EN EL AÑO 2016

OFICINAS DEL SAT TARAPOTO
OFICINAS DEL SAT TARAPOTO

Tarapoto. El Servicio de Administración Tributaria Tarapoto (SAT), indicó que con el pago de los tributos en el año 2015, lograron alcanzar la meta asignada por el Ministerio de Economía y Finanzas en Tarapoto de categoría B.
Informan que están distribuyendo las cartillas tributarias 2016 con los montos de las obligaciones del presente año, además, la Municipalidad

Provincial de San Martín (MPSM) emitió la Ordenanza Municipal N° 004 – 2016, que aprueba el programa de incentivos tributarios por Pronto Pago de los arbitrios municipales para el ejercicio 2016, que se aplica desde el 1 de febrero al 30 de abril en la jurisdicción de Tarapoto de acuerdo a los siguientes porcentajes: En febrero 15%, en marzo 10% y abril 5%, porcentajes de descuentos para los clientes.

Estos descuentos se otorgan si el contribuyente decide pagar voluntariamente el total de sus arbitrios municipales del presente año, en los meses indicados.

En cuanto al Impuesto Predial, el SATT como entidad recaudadora solo se encarga de cobrar dicho impuesto, ya que el Ministerio de Vivienda hace la actualización de los valores arancelarios anualmente tomando varias variables, como el valor del terreno, edificaciones y cuánto se ha apreciado una propiedad. Todo estos factores son tomados para establecer el autovalúo (valor total de una propiedad), que sirve como base imponible para la determinación de este impuesto.

Los jubilados están exonerados del pago del impuesto predial, dispuesto por la Ley de Tributación Municipal o Decreto Ley 776 de 1994. El artículo 19 de la norma, modificado en el 2004 por el D.L. 952, indica que para acceder al referido beneficio, las personas mayores deben ser propietarias de solo un predio registrado a nombre propio o de la sociedad conyugal y que le sirva de vivienda; además que su pensión mensual no exceda el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al 1 de enero de cada ejercicio gravable (monto de este año: 3 mil 950 soles) para acceder a este beneficio, deben acercarse a la SATT presentando los requisitos.

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