La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) inició el proceso sancionador a la alianza electoral Alianza para el Progreso del Perú por actos realizados por su candidato presidencial, César Acuña Peralta, al existir indicios sobre una presunta vulneración del artículo 42° de la Ley de Organizaciones Políticas.
La decisión se adopta luego de un proceso de indagación sobre el ofrecimiento de dinero formulado por el candidato presidencial a ciudadanos durante la campaña electoral, que han sido registrados en imágenes por medios de comunicación y cuya entrega ha sido reconocida públicamente por el citado candidato presidencial.
El artículo 42° de la mencionada ley, señala que “las organizaciones políticas, en el marco de un proceso electoral, están prohibidas de efectuar la entrega, promesa u ofrecimiento de dinero, regalos, dádivas u otros obsequios de naturaleza económica, de manera directa o a través de terceros, salvo aquellos que constituyan propaganda electoral”.
Además, precisa que “esta conducta se entiende como grave y será sancionada con una multa de 100 UIT que será impuesta por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) en un plazo no mayor de 30 días”.