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Amenazas telefónicas se sancionarían hasta con 4 años de cárcel

La propuesta legislativa aborda una amplia gama de delitos, incluyendo amenazas de homicidio, lesiones, aborto, torturas, entre otras

Esta propuesta busca establecer sanciones de dos a cuatro años de prisión para quienes realicen amenazas mediante comunicaciones telefónicas, ya sea a través de llamadas o mensajes de texto. La fundamentación de esta propuesta se sustenta en la adición del artículo 151-B al Código Penal.

En el artículo mencionado se señala que cometería un delito «el que, dolosamente, empleando teléfono fijo o móvil, en forma hablada o escrita, a través de plataformas móviles de mensajería o por cualquier medio de comunicación o de reproducción, sin que medie finalidad económica, amenazare a otro con causarle a él o a su familia, un daño».

En la actualidad, no se impone ninguna penalización a aquellos que realizan amenazas telefónicas. Esta falta de consecuencias ha contribuido al aumento de las extorsiones, posicionándolas como uno de los delitos más frecuentes en el país, superando incluso a los robos, asesinatos y secuestros.

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