El Gobierno acaba de promulgar el Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, para conocer detalles sobre sus alcances, VOCES dialogó en el Dr. Mariano Castro Sánchez Moreno, abogado experto gestión y derecho ambiental de la Pontificia Universidad Católica del Perú y diplomado en Biología de la Conservación en la Universidad Peruana Cayetano Heredia, además ex viceministro del medio ambiente.
Sobre el tema Mariano Castro Sánchez-Moreno señala: “Significa la actualización de la forma como el país se debe organizar para atender las prioridades ambientales y climáticas del país, tanto a nivel nacional, regional, como local. Esta forma de organización debe tener la característica de un sistema de gestión, es decir, de tal manera que haya adecuada coordinación, gobernanza, pero también participación de la ciudadanía y de la sociedad, de tal manera de que no estemos aislados, desordenadamente, y lo peor, no estemos frente a esas prioridades”, anota el Mariano Castro.
Es decir, ahora tenemos las herramientas para administrar las prioridades, los intereses, los conflictos, que puedan derivarse en materia ambiental y climática
A lo que anota “En ese sentido, constituye el principal instrumento de gestión para la aplicación de la política ambiental nacional y también la política climática, eso es en esencia, y para ello es que el Sistema Nacional de la Gestión Ambiental busca, no solamente las disposiciones para la adecuada coordinación de los diversos aspectos de la gestión ambiental, tales como lo vinculado con los recursos hídricos, las áreas protegidas, las gestiones forestales, gestiones de agricultura, se incorporan por primera vez, todo lo relacionado al manejo adecuado de la información ambiental, la evaluación de impacto ambiental, así como la evaluación y fiscalización ambiental. Pero, no solamente en lo que corresponde a nivel nacional, que tiene que ver con los ministerios, con organismos públicos, geotécnicos especializados, sino además también a nivel regional. Esta actualización de la norma del Sistema Nacional de Gestión Ambiental incluye también algunos impulsos para que los sistemas regionales de gestión ambiental, y también sistemas locales de gestión ambiental, se reactiven y den, además, plazos, orientaciones y plazos para que eso ocurra” nos explica.
Actualiza, a quienes quieren integrar las convenciones ambientales regionales, establece una novedad que tiene que ver con las matrices regionales de prioridades ambientales y climáticas, que en buena medida reemplazan y actualizan lo que era conocido como los planes de acción y agendas ambientales regionales, que San Martín tiene, por supuesto.
El decreto supremo, ahora con su reglamento, es como una ley “paragua”, que los actores sobre el tema ambiental deberían conocer, sus alcances, acompañado de una socialización adecuada en todos los niveles ¿Quién debería hacerlo?
Es esencial esa tarea, que se difunda la importancia, el alcance y contenido de este decreto supremo. Y en cada nivel, yo diría en el nivel regional; al Ministerio del Ambientales corresponde realizar una intensa difusión y capacitación para el efecto de que se conozca mejor la responsabilidad, roles y funciones que corresponde a cada quien dentro del Sistema Nacional de Acción Ambiental. Y obviamente, lo que se refiere cómo mejorar las condiciones de participación de la sociedad en ese tema.
Y a nivel regional, tanto a los gobiernos regionales, en primer lugar, como a las comisiones ambientales regionales, que hay que reactivarlas, esta es una instancia importante porque se establece de manera participativa en las prioridades regionales, ambientales y climáticas, con participación de todos los interesados y responsables.
La norma que ha sido actualizada en el año 2005, la impulsamos cuando yo estaba como secretario ejecutivo del Consejo Nacional del Ambiente, costó bastante su promoción y su reglamento en el 2005. Pero, fíjense, previa a la creación del Ministerio del Ambiente, del OEFA, del SERNAM, además de una serie de mejoras que se han dispuesto a nivel político.
La Política Nacional del Ambiente, aprobada recientemente en el 2021, las estrategias recientes sobre el cambio climático, hay un conjunto de actualizaciones y nuevos desafíos. No solamente es incorporar las nuevas disposiciones políticas y instituciones, sino sobre todo que esa actualización del Sistema Nacional de Acción Ambiental debe significar, sobre todo, el que abordar los nuevos y mayores desafíos que tenemos en esta materia, y oportunidades también.
Por eso me parece importante que se realicen acciones de difusión, de capacitación, pero, sobre todo, al final los recursos necesarios para que, por ejemplo, a nivel regional, funcionen adecuadamente las gerencias regionales, ambiente, la dirección regional, a nivel municipal, las direcciones ambientales locales, que tengan las capacidades y condiciones necesarias y la estabilidad, para que no estén cambiando cada rato.
Como usted señala, que se asignen los recursos, el congreso acaba de aprobar el presupuesto nacional, y casi a la cola el Ministerio de Medio Ambiente.
Efectivamente, se requiere inversión pública y privada en esta materia, porque los desafíos involucran a todos, y el presupuesto de la República, efectivamente, comparado con los desafíos, oportunidades y los costos sociales que causa la incorporación ambiental, el presupuesto debería ser aún mayor.
Todo lo que implica, por ejemplo, por mencionar dos, tres cosas, todo el tema de lo que implica los procesos de gestión de cuencas y la descontaminación de los ríos resulta clave, para efectos de mejorar la calidad de vida de las personas, reducir riesgos. El tema de la energía limpia es la prioridad altísima para todas las regiones. Está asociado con la contaminación del agua, está asociada con la contaminación del plomo, no solamente basta retirar, hay que eliminar el plomo de todas aquellas fuentes de exposición al plomo que tienen los niños, por mencionar como un caso, el tema de los incendios forestales, que tanto dañó naturaleza en este año.
Se requiere inversión para efectos de realizar labores de prevención en esta materia y dar recursos a quienes intervienen en las zonas de prevención y tratamiento, y sobre todo restauración de aquellas zonas afectadas.