El cual permite que gobiernos regionales y municipalidades provinciales y distritales ejecuten proyectos de inversión pública con su propio equipo de trabajo y herramientas tecnológicas con un tope de S/257,000 (50UIT), era regulado por Ley 31876, pero fue derogada recientemente por el Congreso con 106 votos a favor. Ahora, los gobiernos subnacionales podrán hacer uso de este mecanismo para llevar a cabo construcciones de gran envergadura con un valor superior a los S/247,000; sin mayor control de calidad ni supervisión técnica.
Expertos aseguran que esta decisión solo le abre paso a la corrupción y la falta de transparencia al ejecutar proyectos en favor de los contribuyentes.
El Congreso derogó la ley que regulaba la construcción de obras públicas que no superan las 50 UIT bajo la modalidad de administración directa por parte de los gobiernos locales y regionales.
La especialista en inversión pública, Karla Gaviño, comentó a Vigilante.pe que “se está dejando de lado la primera ley en el país que intenta regular específicamente sobre la materia”, lo cual nos pone en un escenario donde las obras publicas se hacen “sin mayor control de calidad, sin especialidad y sin contar con los equipos más idóneos y profesionales capacitados”.
Además, alertó que la decisión del Congreso responde a un interés netamente político, pues este tipo de estrategias de tinte populista pueden ser aprovechadas por los candidatos a cargos ediles y gobiernos regionales para prometer puestos de trabajo temporales. Sin embargo, nada garantiza que los gobiernos subnacionales contraten personal que cuente con las aptitudes necesarias para desempeñar estas funciones, sino que, por el contrario, es posible que muchas personas ocupen estos cargos por el “pago de favores”.
Por su parte, el exministro de economía y presidente del Consejo Privado de Competitividad, David Tuesta, mencionó que derogar esta ley representa un retroceso en la lucha contra la corrupción y falta de transparencia en el Estado. Además, aseguró que esto permitirá que las inversiones públicas en regiones se paralicen.
Según información de la Contraloría, el mayor número de obras sin terminar son aquellas que se iniciaron bajo dicha modalidad. Hasta el segundo trimestre de 2023, 1,095 proyectos se encuentran inconclusos a nivel nacional. Anteriormente, la Resolución de Contraloría N 195-1988 únicamente regulaba el actuar fiscalizador de la entidad pública.
Por ello, la Ley 31876 buscaba establecer nuevos criterios técnicos que permitan evaluar el proceso de administración pública y así evitar que la ejecución de obras a cargo de municipalidades y gobiernos regionales no terminen de satisfacer las necesidades de los contribuyentes. Fuente: Vigilante.pe
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El presidente del Congreso, Alejandro Soto Reyes, expresó su satisfacción por esa decisión que fue solicitada por los gobernadores regionales y alcaldes que llegaron esta mañana a la sede legislativa.
“¡Misión cumplida, señores gobernadores y alcaldes!”, dijo el titular del Parlamento.
Al sustentar el dictamen respectivo, el presidente de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, César Revilla Villanueva (FP), sostuvo que es indispensable derogar la Ley 31876, a fin de evitar cualquier limitación en la ejecución de obras por administración directa a cargo de los gobiernos regionales y locales.
“Esta ley está poniendo en riesgo la posibilidad de que los señores gobernadores regionales y alcaldes terminen las obras que vienen ejecutando”, acotó.
Martha Moyano Delgado (FP), en su calidad de autora, propuso que se incluya en el dictamen una disposición complementaria transitoria, en los siguientes términos:
“A partir de la entrada en vigor de la presente Ley se aplica de forma transitoria la Resolución de Contraloría 19588-CG, referidas a normas que regulan la ejecución de obras públicas por administración directa”.

La legisladora Patricia Juárez Gallegos (FP), dijo que los actos normativos estarían causando una transgresión de manera directa al proceso de descentralización en mayor relevancia a las municipalidades provinciales y distritales más alejadas del país, al ser afectada su autonomía política, económica y administrativa, al imponerse límites hasta un monto de 50 Unidad Impositiva Tributaria (UIT) como tope máximo.
“La Ley 31876 no ha sido socializada de manera oportuna con los gobiernos subnacionales, en tanto que sus efectos jurídicos estarían generando un impacto negativo en el desarrollo del país, sobre todo causando perjuicio en las localidades de jurisdicción distrital provincial o regional, más alejadas o en zonas de frontera poco comunicadas”, puntualizó.
El parlamentario Luis Ángel Aragón Carreño (AP) manifestó que el artículo 10 de la Ley 31876 es otro impedimento, ya que prohíbe, en el marco de la ejecución de una obra por administración directa, la adquisición, bajo cualquier modalidad, de maquinaria y equipos con cargo al presupuesto de la obra.