AL PROMOTOR DE REVOCATORIA
Juanjui. Mediante Carta N° 33-2016 de fecha 11 de noviembre dirigido al señor Ronalt Javier Heredia Pérez, presidente de la revocatoria al alcalde y regidores de Mariscal Cáceres Juanjui, quien solicitó autorización para ocupar la vía púbica el día Lunes 14 de noviembre de 2016, a partir de las 8:00 pm hasta 11:00 pm, para la rendición al pueblo de la cantidad de firmas existentes, que superan la cantidad requerida para dicha revocatoria, la carta que desestima lo solicitado argumenta que el Pool del personal de la gerencia de infraestructura y acondicionamiento territorial GIAT, ha verificado que el lugar está dentro del perímetro de la Plaza de Armas que supuestamente constituye área restringida para realizar cualquier evento público, se menciona que existe ordenanza municipal, pero no sabemos cuándo emitió ni el número de la ordenanza. Lo que tenemos entendido es que la oficina de desarrollo local es el ente que deben otorgar dicha autorización para eventos públicos, así lo establece el TUPAC, sorprende que el Pool que lo dirige el Ing. Hermogenes Rupay Solorzano desconoce sus funciones, ellos están para dar autorizaciones que solicitan para ocupar la vía publica con materiales de construcción, todo indica que se busca por todo los medios, callar a quienes de una a otra manera no comparten con esta administración Municipal, pese a todos los obstáculos el pueblo se dio cita y escuchó atentamente a todas las personas que libremente participaron, dando a conocer un sin número de hechos sobre el abandono y atraso que vive la Provincia de Mariscal Cáceres, razón por lo cual se plegaron a firmar los planillones, deben entender el pool que las plazas son lugares público no confinado y hasta donde sabemos no existe prohibición alguna para este tipos de evento, lo que sí está prohibido cobrar por separado, tal es el caso por tramite documentario, se cobra 8 soles y aparte cobran un sol por solicitud todos estos formatos son gratuitos y estos pagos deben estar autorizados adecuadamente dentro del régimen que lo compete, es momento que INDECOPI intervenga. (JOSE SALDAÑA)